
La frase “tirar la red” podría significar extenderla para ver si se puede pescar algo, habría que ver si en ese lugar está permitido la pesca, las condiciones del agua y que peces se pueden encontrar allí. Sin embargo en la temática, podríamos resignificar esa frase en torno a los recursos institucionales existentes y las derivaciones que los y las profesionales realizan a los mismos, como por ejemplo cuando la autoridad judicial resuelve la derivación a un espacio terapéutico.
Por Diego Oscar Ortiz*
para Diario Digital Femenino
“Tirar la red” así porque si, podría releerse como el supuesto en donde el o la profesional deriva a una persona que se encuentra en situación de violencia familiar a que concurra a un determinado lugar sin conocerlo o sin tener la información exacta. Ese “tirarse el lance”, más allá de la buena fe de quien lo efectúa, ¿no es una pérdida de tiempo para esta persona que necesita de una ayuda inmediata en virtud del contexto de violencia descripto?, o peor aún, ¿no es riesgoso para su integridad física, psicológica, económica, o sexual? Yo creo que en una respuesta afirmativa, que es sumamente riesgoso, ya que las personas en situación de violencia familiar requieren de respuestas rápidas, concretas y claras, lo que no significa generarles grandes expectativas o predecir lo que va a suceder en el recorrido institucional.
Ahora el interrogante podría ser: ¿Las derivaciones inadecuadas son realmente derivaciones? Tengamos en cuenta que una derivación errónea podría cortar el circuito de atención de la persona, desproveerla de protección institucional y en consecuencia impedirle el ejercicio de un derecho, ya sea el derecho a obtener una tutela judicial efectiva, a peticionar ante las autoridades, a un patrocinio preferentemente especializado, a una vida sin violencia.
Imaginemos un supuesto en el que derivamos a una mujer que interpuso una denuncia a un servicio de patrocinio jurídico gratuito que en la actualidad no existe, no patrocina expedientes de violencia familiar o simplemente letrados o letradas no realizan tareas de patrocinio, la mujer no solo no tendría letrado o letrada, sino que no podría peticionar medidas, prorrogas o denunciar hechos nuevos de violencia, ya que para esas actuaciones se requiere la labor y firma de profesionales del derecho. Esto significa que el transcurso del tiempo debido a la inexactitud del recurso dilata la posibilidad de peticionar y defender sus derechos.

Como corolario de este tema, podemos sostener que cada recurso institucional es distinto, ya sea desde su origen, historia, conformación, dotación de profesionales, servicios que presta, etc. No es lo mismo la labor de un Centro de atención de violencias (con diferentes denominaciones) en Capital Federal que en el ámbito de Provincia de Buenos Aires (incluso dentro de ese mismo ámbito hay diferencias relevantes) o en otras provincias. A su vez la trayectoria y dinámica de cada recurso tampoco es la misma. Para dar un ejemplo, el Centro de Asesoramiento jurídico X que tiene más de veinte años de duración, cuando se originó trabajaba de determinada manera y en la actualidad los profesionales que lo conforman se encuentran capacitándose en la temática y ofrecen además de servicio de asesoramiento, patrocinio en expedientes de violencia familiar, alimentos, cuidado personal, etc. Este lugar cuando se formó no tenía donde derivar a los denunciados por violencia de genero familiar que solicitaban un recurso institucional especifico. Sin embargo, en la actualidad cuentan con un servicio donde los hombres realizan grupos psicoeducativos. Ante la creación de este nuevo recurso y previo a la derivación, los profesionales deberían informarse sobre la modalidad de abordaje que realizan allí mismo, disciplinas, horarios de atención, criterios de admisión, etc. Este es un ejemplo de cómo no solo los recursos cambian sino que se deben aggiornar a los cambios que se presentan dentro de la comunidad donde realizan su labor.
Retomando el tema, es importante tener información previa a realizar una derivación, entre otras cosas, si existe un equipo de trabajo, y en caso que exista, quienes lo conforman (disciplinas, cantidad de profesionales, si existen determinadas áreas dentro de la institución, formación de los profesionales) y que servicios prestan (asesoramiento, patrocinio, asesoramiento y/patrocinio, contención, tratamiento individual, trabajo grupal).
La información acorta los tiempos y garantiza derechos.
[1] Agradezco a la Licenciada Silvia Cabito por la idea del título.
(*) Abogado, Profesor Universitario en Ciencias Jurídicas, Especialista en Violencia Familiar, autor de libros y artículos de su especialidad. Columnista de Diario Digital Femenino.