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En los últimos tiempos resuena el término “carga mental” referido a la situación de muchas progenitoras que crían durante horas a sus hijos o hijas y el efecto que eso produce en su salud mental. Ahora le pregunta que surge es como el derecho de las familias puede apaciguar esa carga, de qué manera la autoridad judicial puede receptar esa situación y trasladarla a una resolución judicial.

Por Diego Oscar Ortiz*

El título del artículo se llama Madres y abuelas cansadas porque no se trata de un tema actual sino claramente histórico, probablemente invisibilizado y romantizado a lo largo del tiempo, y peor aún se ha tomado ese agotamiento como parte de la función materna, la de criar con todos los sacrificios necesarios, porque “madre hay una sola”, “la madre todo lo puede”, “la madre se debe sacrificar por sus hijos”.

Esto de romantizar el cuidado de la progenitora le ha quitado el significado de ser un arduo trabajo, como si el hecho que no fuera remunerado le quite la importancia de la responsabilidad de la tarea cotidiana, continua y sin posibilidad de ausencias ni licencias.

El trabajo doméstico no remunerado está constituido por una tarea aún más invisible: la carga mental que representa para las mujeres e identidades feminizadas la gestión y planificación del trabajo del hogar[1]. Pensar en la cena, las tareas del hogar, el cuidado de los niños, el trabajo propio, el bienestar de los demás, son algunos de los pensamientos de la carga silenciosa que llevan consigo las mujeres. Esta situación trae un concepto que influye en muchas de ellas en todo el mundo: la carga mental[2].

Este fragmento del libro “Mujeres que corren con Lobos”, ilustra bien esto que queremos decir. La carga mental, como parte del trabajo doméstico no remunerado, es la enorme cantidad de exigencias de logística, coordinación, y previsión de tareas que tenemos las mujeres en el día a día y los malabares que debemos hacer para cumplir con ellas, siempre en perjuicio de nuestro tiempo. No sólo la ejecución de las mismas, sino el pensarlas, organizarlas, aunque más no sea para delegarlas, conlleva una postergación de los deseos, actividades y desarrollo de la vida tanto personal como laboral de las mujeres e identidades feminizadas. Es por todo esto que, los estudios de género toman el concepto de carga mental con el objetivo de visibilizar la parte más invisible del trabajo doméstico.[3].

Vaccaro sostenía: Historias de mujeres a cargo de las tareas de cuidado, se pueden abrir varias preguntas si problematizamos este eje, se me ocurre una transversal al escenario que traemos hoy y cuya respuesta apela al compromiso social y dar una batalla más a la cultura patriarcal vigente ¿Son cuidadas estas mujeres, existen garantías en el abordaje de su salud integral, de su salud mental en particular?, ¿Cuándo hablamos de trabajo incluimos las tareas de cuidado?[4].  

La carga de trabajo se define como el conjunto de requerimientos psicofísicos a los que se somete al trabajador a lo largo de su jornada laboral[5].

En la realidad laboral no vamos a encontrar trabajos puramente físicos ni trabajos puramente mentales, sino que en cualquier tipo de actividad van a estar presentes ambos aspectos. Sin embargo, desde un punto de vista teórico, sí vamos a diferenciar el trabajo físico del trabajo mental, según el tipo de actividad que predomine. Es decir, cuando la actividad desarrollada sea predominantemente física, hablaremos de trabajo físico o muscular, y por lo tanto, de “Carga Física de Trabajo”, y cuando, por el contrario, la actividad implique un mayor esfuerzo intelectual, hablaremos de trabajo mental, y en consecuencia, de “Carga Mental de Trabajo”[6].

En una editorial presentando la Guía de salud mental de las mujeres, se planteaba que: La salud mental está relacionada con nuestra forma de vivir, de alimentarnos y cuidarnos, con nuestra vivienda, nuestro trabajo, con la manera en que experimentamos nuestras relaciones y afectos. Con lo que sentimos hacia nosotras mismas, con nuestros proyectos y actividades, nuestro modo de disfrutar y de percibir el mundo, de afrontar los problemas y conflictos que conlleva vivir[7]. Así, conviene recordar que nuestra salud mental depende de la educación que hemos recibido, de la interiorización de los valores y normas sociales, de cómo hemos vivido e integrado nuestras experiencias, de las actitudes que tenemos hacia nosotras mismas y hacia los demás, al igual que de los roles que desempeñamos y de los obstáculos y presiones que existen sobre las mujeres, más que de las características biológicas[8].

La prestación debe tener en cuenta la carga mental que padece la progenitora al cuidar a hijas e hijos, el esfuerzo psíquico que realiza diariamente. Esto se relaciona con su derecho a la salud y preservar su integridad psíquica[9].

Madres y abuelas cansadas
Madres y abuelas cansadas

Una vez que planteamos el problema, volvemos a plantear interrogantes, ¿qué puede hacer el derecho de las familias?, ¿Qué puede hacer la progenitora cuidadora cuando se plantea en un proceso de alimentos que el progenitor abone una prestación considerando esas horas de cuidado?, ¿Qué hacer cuando el progenitor no conviviente no considera el cuidado personal y la carga mental que el mismo implica?

Podemos afirmar que el derecho de las familias por medio de sus operadores debería regular esa conducta (la de visibilizar el cuidado personal y la carga mental) y por medio de la autoridad judicial resolver para contrarrestar ese agotamiento de las mujeres, ya sea aumentando la prestación alimentaria, disminuyendo la carga con instrucciones precisas, responsabilizando al progenitor no conviviente, intimarlo a capacitarse en el tema, sancionar el no cuidado acordado.

El trabajo doméstico se ha naturalizado como si fuera una vocación femenina. La carga mental, dividida entre el trabajo de gestión y el trabajo emocional, no es gratis. Mantenerla invisibilizada significa negar que esta también es una actividad indispensable para el funcionamiento de la vida productiva, y que recaiga sólo sobre un grupo de la sociedad y de manera gratuita es lo que justamente persigue el sistema capitalista y patriarcal en el que vivimos.  La carga mental no solo genera más barreras y desigualdades económicas para las mujeres, sino también adiciona un costo en nuestra salud integral y en nuestra calidad de vida[10].

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En un fallo señero[11] se ha sostenido que ya no hay margen para que pase desapercibida la carga mental que conllevan tanto el cuidado de niños, niñas y adolescentes, como la gestión de las tareas del hogar por lo que es imperante que esa sobrecarga o esfuerzo psicológico ínsito en la planificación, coordinación y protección de la vida familiar e individual de sus miembros sea reconocida y sea cuantificada desde una faz productiva.

Una vez aplicado al ámbito doméstico, este concepto permitió ponerle nombre y visibilizar el peso que conlleva la planificación, gestión y organización de estas tareas. Un trabajo que definitivamente es difícil de cuantificar ya que no consiste en acciones ni puede medirse en tiempo, pero que sin dudas recae y afecta la salud mental de quien lo realiza[12].

En cuanto al fallo, resulta importante destacar que el mismo visibiliza dentro del sistema judicial, el reclamo a todas voces de una sociedad que ha cambiado en cuanto a la conformación del hogar. Hoy las madres equilibran, en lo que resulta ser casi una misión imposible, su jornada laboral con las tareas de cuidado y del hogar. Por ello, son quienes en su mayoría como la jurisprudencia lo determina, crían en absoluta y forzada soledad. Atravesando la ruta crítica en el reclamo de una cuota alimentaria digna, que les permita maternar[13]. En otro fallo[14] se sostiene: “La carga mental que conlleva el cuidado de niñas, niños y adolescentes, más la gestión de las tareas del hogar, es lo que permite concluir en que el cuidado proporcionado por las madres no es solamente un “trabajo de amor”, sino que por el contrario, involucra trabajo arduo, responsabilidad, tiempo, energía, dinero y pérdida de oportunidades, elementos que deben ser valorados a la hora de fijar el monto de una cuota alimentaria. Con estos fallos podemos comprobar como la carga mental de las mujeres es receptada progresivamente por la autoridad judicial en los procesos de alimentos.

Vaccaro planteaba como sendero de solución a este tema: Habilitar la escucha con formación en perspectiva de géneros y diversidad es condición ética insoslayable  para acompañar estas subjetividades y sus malestares epocales, seguir abriendo interrogantes despojados de mandatos y prejuicios propiciando que estas voces circulen, sean escuchadas parando la maquinaria del «producir» impulsada por el mundo capitalista. Quizá un buen ejercicio sería enumerar la multiplicidad de tareas que se nos imponen, que asumimos, que no se cuestionan, que se romantizan, nombrar esos excesos de «responsabilidades» visibilizar e identificarlos, convocar a las masculinidades a establecer modos NO hegemónicos de distribución de tareas ya sea dentro de los hogares o en los espacios laborales en general[15].

(*) Abogado, Profesor Universitario en Ciencias Jurídicas, Especialista en Violencia Familiar, autor de libros y artículos de su especialidad. Columnista de Diario Digital Femenino

Referencias

[1] MONTERO, Valentina, FRANCOVICH, Mila, Red de Psicologxs feministas, 25/10/20, https://redpsicologxsfeministas.org/hablemos-de-la-carga-mental/

[2] Carga mental: El padecimiento silencioso que afecta a las mujeres, Portal de la UNDMP, 10/08/22, https://portaluniversidad.org.ar/index.php/2022/08/10/carga-mental-el-padecimiento-silencioso-que-afecta-a-las-mujeres/

[3] Libro citado por MONTERO, Valentina, FRANCOVICH, Mila, Red de Psicologxs feministas, 25/10/20, https://redpsicologxsfeministas.org/hablemos-de-la-carga-mental/

[4] VACCARO, Mónica, Tareas de cuidado y salud mental, Diario Digital Femenino, 05/05/23, https://diariofemenino.com.ar/df/tareas-de-cuidado-y-salud-mental/

[5] La carga de trabajo, Ministerio de Trabajo y Asuntos sociales, Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el trabajo, España, https://www.insst.es/documents/94886/96076/carga+mental+de+trabajo/2fd91b55-f191-4779-be4f-2c893c2ffe37

[6] La carga de trabajo, Ministerio de Trabajo y Asuntos sociales, Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el trabajo, España, https://www.insst.es/documents/94886/96076/carga+mental+de+trabajo/2fd91b55-f191-4779-be4f-2c893c2ffe37

[7] La salud mental de las mujeres, Diario Digital Femenino, 11/05/24,  https://diariofemenino.com.ar/df/la-salud-mental-de-las-mujeres/. La Guía se puede encontrar en https://diariofemenino.com.ar/df/wp-content/uploads/2024/05/Salud_XV.pdf.

[8] La salud mental de las mujeres, Diario Digital Femenino, 11/05/24,  https://diariofemenino.com.ar/df/la-salud-mental-de-las-mujeres/. La Guía se puede encontrar en https://diariofemenino.com.ar/df/wp-content/uploads/2024/05/Salud_XV.pdf

[9] ORTIZ, Diego, Hacia una prestación alimentaria con perspectiva de género, Pensamiento Civil, inédito.

[10] MONTERO, Valentina, FRANCOVICH, Mila, Red de Psicologxs feministas, 25/10/20, https://redpsicologxsfeministas.org/hablemos-de-la-carga-mental/

[11] B. V. L. c/ R. G. J., R. J. P. y S. S. E. s/ alimentos, Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Entre Ríos Sala: civil y comercial, 6/6/2024, Microjuris, https://aldiaargentina.microjuris.com/2024/06/18/actualidad-trabajo-de-amor-el-superior-tribunal-de-entre-rios-en-una-demanda-de-alimentos-cuantifica-la-carga-mental-que-conllevan-tanto-el-cuidado-de-ninos-ninas-y-adolescentes-como-la-gestion-de/

[12] MONTERO, Valentina, FRANCOVICH, Mila, Red de Psicologxs feministas, 25/10/20, https://redpsicologxsfeministas.org/hablemos-de-la-carga-mental/

[13] PEREZ, Érica, Un fallo que tuvo en cuenta la carga mental de la maternidad, Diario Digital Femenino, 21/06/24, https://diariofemenino.com.ar/df/un-fallo-que-tuvo-en-cuenta-la-carga-mental-en-la-maternidad/

[14] «B. D. V. c/ P. D. J. s/ Alimentos» – JUZGADO DE FAMILIA N° 270 de Corrientes, Expte N° 253997/24, 12/08/2025 (sentencia no firme), ElDial.com – AAEAE6, 01/09/2025

[15] VACCARO, Mónica, Tareas de cuidado y salud mental, Diario Digital Femenino, 05/05/23, https://diariofemenino.com.ar/df/tareas-de-cuidado-y-salud-mental/

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