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En el dispositivo grupal para varones que ejercen o ejercieron violencia, el expediente judicial no se lee, pero circula. No se analiza, pero incomoda. Está en la forma en que un varón habla de “mi casa”, “mis hijos”, “mi plata”, incluso cuando una sentencia ya ha dicho que no todo eso le pertenece. Está en los gestos de desdén, en el sarcasmo, en el relato deformado de lo que “la jueza decidió” como si se tratara de una traición institucional.

Por Martín Miguel Di Fiore*

Lo que en sede judicial es un acto de reparación o reconocimiento, en el grupo aparece como herida narcisista. Y entonces el grupo, si quiere ser dispositivo de responsabilización, tiene que leer también ese expediente: no el que está escrito en la causa, sino el que se escribe en el cuerpo del varón. Porque el expediente entra. Y cuando lo hace, revela.

Los silencios del expediente

Ninguno de los varones que se sientan en ronda lo nombra así: expediente. Le dicen “me hizo una denuncia”, “se quedó con la casa”, “me sacaron a los chicos”, “ella me cagó, ahora tengo que pagarle”. Pero detrás de esas frases hay páginas, escritos, incidentes. Hay sentencias que -como sostienen los organismos internacionales de derechos humanos- no pueden ser neutrales frente a contextos de violencia estructural.

La Ley 26.485 no sólo tipifica la violencia física, económica o simbólica, etc. También consagra el derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencia en todos los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales, incluyendo expresamente el judicial. Y su Decreto Reglamentario (1011/2010) establece que la revictimización judicial incluye el trato inadecuado, la falta de celeridad, las pericias innecesarias y las decisiones que, por su forma, reproducen la violencia. ¿Puede entonces el grupo de varones que ejercieron violencia desentenderse de lo que produce una sentencia?

La respuesta es no. Porque muchas veces esa sentencia es lo único que detuvo -parcialmente- el ejercicio del poder. Y aún así, en el grupo, ese fallo suele ser narrado como una injusticia. Como un exceso. Como si el acto jurídico que protege a la mujer fuera una ofensa al varón.

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Sumemos: 

Escena: el momento en que el expediente entra

-“Encima ahora me tengo que comer esta ‘compensación’ que inventaron”, dice Cristian, con la palabra compensación entre comillas, como si fuera una burla.

-¿Qué sentís cuando escuchás la palabra ‘compensación’? preguntamos.

-Y… que me toman por boludo. Yo trabajaba todo el día, me levantaba a las 05 de la mañana. Ella no quiso laburar. Estaba cómoda. Y ahora le tengo que pagar por eso.

La ronda queda en silencio. Uno baja la mirada. Otro se mueve inquieto en la silla. Uno más dice en voz baja: “A mí me pasó lo mismo… te vacían, te dejan sin nada”.

-¿Y qué creen que dice el juez cuando firma esa sentencia? ¿Les parece que lo hace por capricho? ¿Hay algo de ese fallo que podrían pensar desde otro lugar?

Cristian se encoge de hombros. Dice que no. Pero lo piensa. Se lo ve incómodo. El expediente entró al grupo. No con la resolución, sino con la herida que dejó.

Y entonces algo se mueve. Porque el expediente, cuando se lo nombra, deja de ser excusa. Se vuelve espejo.

La justicia como espejo de la desigualdad

En el grupo, lo judicial no siempre se nombra, pero duele. Duele cuando un juez concede una compensación económica a una mujer que convivió diez años y crió a dos hijas mientras él avanzaba en su carrera profesional. Duele cuando el fallo reconoce que hubo un desequilibrio que debe ser reparado. No duele por lo económico: duele porque el derecho devuelve una imagen que el varón no quiere ver. Una imagen donde no hay mérito, ni sacrificio silencioso, ni heroicidad en “haber mantenido todo”, sino apenas desigualdad estructural y una deuda social con la tarea de cuidar.

La reacción es común: “Ella no trabajaba”, “eso se lo ganó con la denuncia”, “es mi casa, yo la compré”. El fallo que reconoce el valor del trabajo doméstico, del cuidado, del sostenimiento emocional de un hogar sin retribución, produce rabia en quienes internalizaron que el dinero compra inmunidad. El derecho, en estos casos, no es castigo: es espejo. Y como todo espejo que devuelve una imagen no idealizada, incomoda.

Cuando el derecho repara, el varón resiste

La jurisprudencia ha empezado a nombrar estas asimetrías. Fallos como R., T. F. c/ B., L. A. (Formosa, 2021)[1] identifican violencia simbólica en escritos judiciales. Otros, como el de la Cámara de La Pampa (2022)[2], frenan acuerdos entre ex parejas ante la sospecha de presión en contextos de violencia. Abordar estos fallos en el grupo no sólo permite politizar el dispositivo, sino hacer visible cómo las estructuras de desigualdad se encarnan en las historias que cada varón trae como si fueran sólo propias. Porque lo que aparece como conflicto singular -una queja por un fallo, un enojo con la justicia, una idea de “injusticia personal”- es muchas veces la expresión subjetiva de un privilegio patriarcal que empieza a resquebrajarse.

Porque cuando esos fallos llegan al grupo, algo tiembla. Porque lo que la justicia reconoce, el varón no lo quiere asumir. No es sólo que “no entiende” la ley. Es que no acepta que el derecho ponga en palabras el privilegio que siempre creyó merecido.Entonces, frente a la sentencia que dice usted debe pagar, la respuesta no es reflexión. Es queja. Es sarcasmo. Es victimización. Y ahí es donde el grupo tiene que intervenir. No desde el castigo. Sino desde la incomodidad.

El expediente en el grupo: lo que calla, lo que incomoda, lo que revela
El expediente en el grupo: lo que calla, lo que incomoda, lo que revela

El grupo como espacio para alojar el expediente

Alojar no es justificar. Es poder recibir lo que duele y, desde ahí, interpelar. En el grupo, el expediente no puede ser negado. Tiene que ser puesto en palabras. No como objeto técnico, sino como documento ético.

¿Dónde estabas cuando ella hacía sola la cena?

¿Quién cuidaba mientras vos decías que “trabajabas para todos”?

¿A quién le pagaste para no cumplir con la cuota alimentaria?

¿Qué te pasa cuando un fallo dice que tu pareja también aportó, aunque no figure en un recibo?

Esas preguntas no son judiciales. Pero emergen del expediente. Porque el derecho dice. Y el grupo, si quiere ser pedagógico, tiene que leerlo.

Como sostiene Marcelo Romano, “las masculinidades que adhieren en mayor o menor medida al patriarcado no van a permitir ser despojadas de sus privilegios por femineidades que no acepten el patriarcado como orden de división sexual del trabajo, y van a recurrir a todo tipo de invenciones y manipulaciones, no solo interpersonales sino institucionales, utilizando las creencias religiosas o místicas, a la justicia o al sistema de salud mental, etc., según considere que lo necesite para condicionar la voluntad de la mujer” (Romano, 2019)[3]. El expediente, entonces, no es un documento neutro: es una trinchera más en esa batalla simbólica. Cuando una sentencia judicial reconoce el abuso económico, el incumplimiento sistemático o la violencia simbólica, lo que se fractura no es sólo el relato del varón: se fractura el orden de privilegios que habitó sin cuestionamiento. Y en el grupo, ese quiebre se vuelve visible. El varón queda expuesto: no ante la ley, sino ante sí mismo. Y ante otros varones que, en la ronda, también enfrentan el límite de sus invenciones.

¿Qué hacemos con el expediente en el grupo?

No lo negamos. Lo trabajamos. Lo usamos. Lo ponemos en diálogo con el relato. Cuando un varón se victimiza porque el juez lo obligó a pagar, le preguntamos por qué cree que eso es injusto. Cuando dice que “ella no hacía nada”, le mostramos que el derecho sí lo vio. Y cuando acusa al sistema de ser “pro mujer”, le devolvemos la pregunta: ¿y vos, cuántas veces hablaste de vos mismo como padre sin asumir lo que no hiciste?

Los dispositivos psico-socio-educativos no pueden ser campos neutros. El expediente es parte del proceso. Porque es parte de la historia. Y si ese expediente nombra el daño, el grupo tiene que alojarlo. No para juzgar, sino para incomodar. No para castigar, sino para transformar.

Cerrar es abrir: la justicia como acto político

El expediente también educa. No sólo castiga. Las sentencias que reconocen asimetrías son también herramientas para que los varones comprendan que el poder no es natural, que la desigualdad no es anecdótica, y que el daño no es subjetivo.

En el grupo, no hay justicia restaurativa sin justicia real. No hay reparación subjetiva sin reconocimiento del privilegio. Y no hay transformación posible si seguimos tratando al expediente como una trampa o una venganza. El expediente -ese objeto que tanto calla en la ronda- puede ser también el hilo que tire del ovillo. El que muestre que la violencia no termina con el golpe, ni con la denuncia. Que sigue, incluso, en lo que no se dice. O en lo que se calla con rabia.

Y que, si tenemos el coraje de mirarlo de frente, puede ser también una puerta. A otra forma de estar en el mundo. A otra masculinidad. A otra justicia.

¿Cuántos fallos has llevado al grupo? ¿Cuántas veces pusiste en ronda lo que el feminismo denuncia y el derecho empieza, lentamente, a reparar?

Si la respuesta es ninguna, tal vez es hora de empezar.

Porque trabajar con varones no es sólo escuchar lo que sienten.

Es también -y sobre todo- hacerles oír lo que sus privilegios callan y lo que la justicia, a veces, alcanza a nombrar.

(*) Abogado litigante en CABA y Provincia de Buenos Aires. Diplomado en violencia económica. Coordinador de dispositivos grupales para varones que ejercen violencia en Asociación Pablo Besson y Municipalidad de Avellaneda. Coordinador de laboratorio de abordaje integral de las violencias en Asoc. Pablo Besson.
Miembro de Retem. (Red de equipos de trabajo y estudio en masculinidades). Integrante de equipo interdisciplinario en evaluación de riesgo y habilidades parentales para revincular o coparentalidad (Asociaciòn Pablo Besson)

Referencias

[1] Fallo extraido en: https://www.jusformosa.gob.ar/oficinadelamujer/index.php/jurisprudencia/accesos-jurisprudencia-formosa/35-jurisprudencia/cat-jurisprudencia-familia/263-2021-alimentos-violencia-simbolica-en-los-escritos-judiciales

[2] Fallo extraído en: https://consultarjurisprudencia.justicialapampa.gob.ar/Home/detalle/34881

[3] Romano, Marcelo (2019). “Ciclo de la violencia MAsculina Una perspectiva desde los derechos humanos y de género en situaciones de violencia dentro de las relaciones vinculares afectivas”. En: Payarola, Mario Andrés (comp.). Violencia masculina en Argentina. Buenos Aires: Editorial Duken, p. 139.

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