
Se aprobó la Ley Micaela en La Pampa
La cámara de diputados aprobó por unanimidad la adhesión a la Ley Micaela en la provincia de La Pampa, esta inciativa aprobada a nivel Nacional lleva su nombre en homenaje a Micaela García la joven de 21 años victima de un femicidio cometido por por un hombre que tenía antecedentes penales por violación, en la localidad de Gualeguaydurante el año 2017.
La diputada Sandra Fonseca fundamentó su iniciativa diciendo que:
“siendo el año 2018, considerado como el años donde las mujeres se empoderaron , pudiendo alzar su voz, denunciando todo tipo de abusos, habiéndose registrado un aproximado de 670 denuncias diarias en el país sobre violencia de género, por lo que se considero que una mujer por día es asesinada1 . Cabe destacar la cantidad de femicidios ocurridos en lo que va del año 2019 con 26 mujeres fallecidas s{olo en el mes de enero. Resulta manifiesta la responsabilidad del Estado quien ante las cifras mencionadas se puede vislumbrar que posee una mirada de género en sus políticas públicas que se encuentra debilitada, ante la falta de Educación Sexual Integral en todas las aulas de las Escuelas, la indebida atención al momento de realizar una denuncia por violencia, la falta de abordaje en atención a las víctimas, la desigualdad de trato y oportunidades, entre otros”.
“De acuerdo a la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer” –siguió Fonseca- y en concordancia con la Ley Nacional Nº 26.485 de “ Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones”, es que se procura que la ley sancionada permita capacitar y sensibilizar a todos/as y cada uno/a de las personas que integran los distintos poderes del Estado”.
Obligatoreidad en los tres poderes:
La Ley Micaela obliga a todas las personas que trabajan para el Estado Nacional, cualquiera sea su nivel o jerarquía a recibir capacitaciones en temas de género y violencia contra las mujeres.
Sobre las capacitaciones:
Las máximas autoridades de los organismos públicos y las organizaciones sindicales correspondientes. Si en esos organismos existen áreas, programas u oficinas de género, las autoridades pueden contar con su colaboración para organizar y cumplir con las capacitaciones.
Plazo para organizar las capacitaciones obligatorias:
Dentro de los 6 meses siguientes a la entrada en vigencia de la ley, lor organismos deben enviar al Instituto Nacional de las Mujeres su plan de capacitación. El Instituto Nacional de las Mujeres puede hacer modificaciones y sugerencias sobre el programa de capacitaciones propuesto por cada organismo.
Falta de cumplimiento
¿Es posible negarse a recibir la capacitación en temas de género y violencia contra las mujeres?
No. Todas las personas que trabajan en la función pública deben recibir las capacitaciones, cualquiera sea su nivel o jerarquía. Si una persona se niega a recibir la capacitación debe ser intimada a recibir la capacitación. Si no cumple con la intimación, se considera falta grave y se puede aplicar una sanción disciplinaria. El Instituto Nacional de las Mujeres puede publicar en su página web la negativa a participar.