
Frente a los reclamos recibidos, que expresan preocupación por la cobertura que los medios audiovisuales están dando a la denuncia sobre violencia que ha hecho pública una mujer del ámbito del espectáculo, esta Defensoría recomienda de manera enfática, brindar a la temática un tratamiento responsable y respetuoso de los derechos de las personas en situación de violencia y de las audiencias.
En función de ello, recuerda las siguientes pautas a considerar en las coberturas:
1. Tener presente que existen distintos tipos de violencia contra las mujeres: física, psicológica, sexual, económica y simbólica; y modalidades: doméstica, institucional, laboral, mediática, obstétrica y contra la libertad reproductiva. (Ley 26.485)
2. Focalizar la cobertura en la prevención y la sensibilización social sobre la problemática. Se recomienda no espectacularizar o frivolizar la noticia aun cuando se trate de personas públicas, ni confundir interés social con morbo.
3. Dar a conocer los datos de la víctima sólo si se cuenta con su autorización. Es fundamental preservar su integridad, dignidad e imagen. En caso de femicidios se desaconseja la exposición reiterada de imágenes de la víctima.
4. Incluir en la cobertura información socialmente relevante: números de asistencia (en todo el país: Línea 144 –atención, contención e información), formas de hacer la denuncia, derechos de las personas y obligaciones del Estado, etc.
5. Preguntarse si todos los elementos utilizados en la noticia (la música, el videograph, las imágenes, el lenguaje, los efectos, los testimonios, etc.) contribuyen a una cobertura responsable y respetuosa o dramatizan la información.
6. Promover la multiplicidad de fuentes. Se desalienta el uso exclusivo de fuentes secundarias o privadas (vecinos/as, familiares, amistades, etc.) Procurar que los testimonios y el tratamiento periodístico en general, no produzcan el efecto de desacreditar a la víctima.
7. Para evitar el posible “efecto imitación”, especialistas consultados por la Defensoría desaconsejan difundir detalles precisos y reiterados sobre el modo en que se ejerció la violencia.
8. Cuando se trata del asesinato de una mujer por razones de género se sugiere hablar de femicidio. Evitar el uso del concepto “crimen pasional” porque se culpabiliza a la víctima y se respalda la acción violenta del agresor.
9. Intentar que la información no se base únicamente en fuentes de las fuerzas de seguridad. Consultar a funcionarios/as públicos, organizaciones de la sociedad civil y especialistas en la temática para analizar la problemática en su complejidad.
10. Procurar que el discurso en su totalidad sea conjetural y no afirmativo, ya que la difusión del caso tendrá impacto a largo plazo en la vida de las personas implicadas. Es fundamental la protección de derechos como la dignidad y la reputación, y el respeto al principio de inocencia mientras no haya sentencia firme.