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Diferentes organizaciones de mujeres, políticas y defensoras de los Derechos Humanos repudiaron enérgicamente por “sexista y misógina” la última tapa de la revista Noticias del 7 de septiembre de 2012. En esa edición se  utiliza una imagen del video de animación producido por los Rockadisctos que muestra a la presidenta de la Nación Cristina Fernández de Kirchner en trance de llegar al orgasmomientras una multitud la aclama en la Plaza de Mayo.
En el marco de las críticas y repudios generalizados, se presentó el 11 de septiembre un amparo judicial contra la Editorial Perfil en relación al contenido de la tapa  titulado “El goce de Cristina.  Las demandantes son la Dra. Perla Prigoshin, la Sra. Fabiana Tuñez y la Dra. Norma Chiapparrone, patrocinadas por la Dra. Luciana Gagniere, quienes lo hicieron por derecho propio “y en nombre y representación de todas las mujeres alcanzadas por la ley 26485″.
El expediente tramita ante el juzgado N° 65 de Capital Federal a cargo de la jueza María Gabriela Fernandez Zurita. En el escrito se afirma que la mencionada publicación estaría violando tratados internacionales , como por ejemplo, la “Convención de Belem do Pará ” y la ley de “Protección Integral hacia las mujeres ” (N° 26485) en su artículo 6 inc. f que describe la violencia mediática contra las mujeres.
“Quienes promovemos esta acción somos mujeres de distintas pertenencias profesionales y de actuación y militancia social diferentes; todas defendemos y promovemos los derechos de la mujer; entonces siguiendo la lógica de los “publicadores”, ¿también deberíamos permitir que terceros ajenos a nuestra intimidad y sin nuestro consentimiento husmeen en nuestras alcobas? He aquí donde reside nuestro interés y nuestra legitimidad al presentarnos; este es el núcleo central que nos moviliza.”, afirman en otro tramo del mismo, y más adelante : “Pero el ejercicio de la libertad de expresión no es un derecho absoluto. Pues del mismo modo que el art. 13.2 de la Convención Americana prohíbe la censura previa, prevé la posibilidad de exigir responsabilidades ulteriores por el ejercicio abusivo de este derecho. A esto apelamos ante estos estrados.”
En tanto, la Red PAR (Periodistas de Argentina en Red por una comunicación  No sexista), emitió un comunicado en el que afirma que “no es la primera vez que argucias sexistas y misóginas reemplazan la argumentación racional para manifestar disidencias o para formular reclamos, cuando de una mujer se trata“.
Recordaron que Susana Gueiler, titular del juzgado Civil y Comercial 8 de Rosario habilitó una acción colectiva para que se presenten en la causa todas las personas que se sientan ofendidas por la nota de tapa y la producción fotográfica de la edición 1483 del 8 de junio de 2010 de la revista Caras, publicación de editorial Perfil al igual que Noticias, titulada “Victoria Vanucci: tengo el corazón herido”. La producción fue considerada “una apología de la violencia hacia las mujeres” por la abogada demandante, Liliana Urrutia.
Desde PAR remarcaron que la tapa de Noticias es un ejemplo de violencia mediática, una de las formas de violencia simbólica incluidas en la Ley 26522 de servicios de comunicación audiovisual. En efecto, en su artículo 63 la ley de medios remite a la Ley de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, que en el punto f) del Articulo 6, se refiere a la violencia mediática: “publicación o difusión de mensajes e imágenes estereotipados a través de cualquier medio de comunicación que de manera directa o indirecta promueva la explotación de mujeres, injurie, difame, discrimine, deshonre, humille o atente contra la dignidad de las mujeres …”
“No es a una presidenta a quien se humilla con esta tapa, es a la condición misma de las mujeres y a su dignidad”, conluyó la organización de periodistas.
 
 
 
Fuente: Hijas de Eva (Periodismo con perspectiva de género. Un blog para mujeres y para hombres que creen en la igualdad.)
 
 
 

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