
A 15 años de la Sanción de la Educación Sexual Integral: avances y obstáculos
Renovando Apunte de ESI: Parte III
Autoras: Érica Montaña y Natalia Voragini Weth*
Se cumplen 15 años de la sanción de la Ley Nº 26.150 de Educación Sexual Integral, el 16 de Junio de 2006 se forjaba un icono histórico para la educación argentina. Hablamos de una década y media, 180 meses, un significativo tiempo a partir del cual nos seguimos preguntando cuales son las barreras u obstáculos que se interponen entre el cumplimiento efectivo y el acceso real a un derecho.
Hoy en distintos niveles educativos se continúa observando desconocimiento, temores, resistencias, que evidencian avances y retrocesos de la vigencia de un derecho plasmado y puesto en acción en una política pública que refleja 2 actualizaciones en sus contenidos, una en 2018 y otra en 2020. Estas actualizaciones son el resultado de la articulación entre investigaciones y acciones permanentes del activismo que mantienen la importancia del tema en la agenda pública y política de nuestro país.
Durante el periodo de mayo a octubre del 2020 se desarrolló de manera virtual, por cuestiones sanitarias de Covid-19 la “Capacitación en Asesorías de Salud Adolescente y Derechos para el Municipio de General Acha – La Pampa”, entre las/es/os 74 inscriptas/es/os recuperamos testimonios relevados en que compartimos en el presente artículo, intentando responder al interrogante planteado: ¿Cómo abordan las concepciones tradicionales acerca de la ESI, que aún recorren las instituciones educativas y que habitan el mundo adulto a cargo de garantizar el acceso a los derechos de las adolescencias escolarizadas?. Entendiendo que la manera pertinente y superadora para abordar esta problemática es formar a ciudadanas/es/os comprometidas/es/os que busquen dar respuesta en su localidad a través de la construcción y materialización del dispositivo de asesoría.
Una asesoría [1] es un modelo de atención centrado en la adolescencia y la juventud. Tiene como objetivo principal fortalecer la autonomía de las/les/los adolescentes para la toma de decisiones sobre su salud de manera libre, consciente e informada, basada en el paradigma integral. El propósito de esta capacitación es interesar a las/les/los participantes en la fortaleza de crear espacios de asesoría en la localidad de General Acha, teniendo en cuenta sus contextos particulares y partiendo de los recursos existentes. Tanto el Ministerio de Salud como el Ministerio de Educación desde la sanción de legislaciones como la 25.673, por la que se crea el Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable [2] en el año 2002, como la ley 26150 sobre Educación Sexual Integral, produjeron propuestas que apuntan a reconocer a la juventud y a la infancia como personas titulares de derechos, entre ellas las asesorías.
Educación Sexual Integral.
Reafirmaos que, la ESI es un derecho que obliga al Estado en todas sus formas a garantizar su acceso en establecimientos públicos de gestión estatal o privada, desde el nivel inicial hasta el superior de formación docente y de educación técnica no universitaria; y se encuentra formalmente establecido en la ley nacional 26.150 [3] que, a partir de su sanción en 2006, crea el Programa de Educación Sexual Integral para su implementación. A 15 años de la Sanción de la Educación Sexual Integral
Cuando hablamos de educación sexual integral no nos referimos a un contenido y/o a una asignatura específica, sino que forma parte del proyecto educativo de la escuela y requiere de un trabajo articulado con los centros de Salud, las familias, instituciones públicas y privadas, y organizaciones sociales. Tener la Ley no significa que esté presente en las escuelas, se requiere de significativos cambios a nivel cultural, social y educativo. Impulsar esos cambios es nuestra responsabilidad como ciudadanas/es/os, como a su vez, es responsabilidad del Estado.
La Educación Sexual Integral entiende a la sexualidad como una dimensión de la vida de las personas que se desarrolla desde el nacimiento y que no se refiere solo a la genitalidad, sino que se vincula a varios aspectos, como los sentimientos y la afectividad, la identidad, formas de relacionarnos con otras/es/os y de experimentar placer, el ejercicio de los derechos sexuales reproductivos y no reproductivos, y el reconocimiento y cuidado del propio cuerpo y el cuerpo de la/es/os otras/es/os.

Veamos algunos testimonios:
En relación a la biografía escolar y de formación ¿Recuerda si tuvo ESI en su recorrido educativo y de formación (primaria-secundaria-superior)? ¿Alguna experiencia para relatar?”. La regularidad en las respuestas obtenidas, fue que no tuvieron ESI en la trayectoria de la escolaridad primaria y secundaria. Del total de las personas que respondieron el 80% son docentes o profesoras/es, las respuestas están relacionadas a tomar capacitaciones en la temática como parte de una decisión personal de características éticas-profesionales y no porque los ejes de la ESI formaran parte de los contenidos de las asignaturas de la formación profesional.
Retomando la responsabilidad adulta (en los diferentes lugares que nos desempeñamos) como parte de los procesos de restitución de derechos, consideramos que es una exigencia ético y política la formación en ESI. La formación docente no puede quedar fuera de los procesos sociales que demandan actualizar los escenarios donde se hacen posible las estrategias de diálogo, reconociendo la dinámica propiciatoria de las transformaciones que operan en otros ámbitos de formación; llevando a sus protagonistas la intervención interdisciplinaria que contribuya a ampliar conocimientos y fortalecernos en el paradigma de los derechos y la perspectiva de género como posición teórica superadora. Ante ello algunos casos puntuales decían:
“Durante mi formación no tuve contacto con la ESI. Desde que comencé a ejercer la docencia me capacité continuamente en ESI para poder brindar más y mejores herramientas a las y los estudiantes y lograr un abordaje integral en el aula.” (S.M, docente 38 años)
“Si, en mi caso tuve ESI más en profundidad en el nivel superior, ya que como futura docente tengo el derecho y obligación de saber al respecto, para el día de mañana poder implementar estos conocimientos a mis futuros alumnos. Me interesa mucho saber del tema, siempre trato de estar informada. Es por ello que esta capacitación me parece sumamente importante ya que va a servir más a mí trayectoria académica.” (M, S, estudiante 22 años)
Desde el modelo integral entendemos a la sexualidad como una condición subjetiva del mundo de las relaciones entre las personas, que resulta de la compleja articulación de las dimensiones biológica, psicológica, social, ética, religiosa y emocional (Montaña, 2020). Durante el proceso de escolarización estas dimensiones están en constante construcción subjetiva e identitaria, se integra en sí misma aspectos referidos a sentimientos, emociones, experiencias corporales, cognitivas y reproductivas.
En otros casos se pueden observar como “el Derecho a la ESI” recibido, fue sumamente de corte y segmentación biologicista:
“No, más que los aparatos reproductores en biología.” (G, C, ama de casa 41 años)
“En mi educación primaria tuve en biología clases sobre reproducción y órganos femeninos-masculinos, en la escuela secundaria tuve charlas con especialistas sobre reproducción y cuidados. En mi educación superior terciaria tuve una cátedra sobre ESI, en la cual conocí la ley nacional, lo que esta implica, en mi formación universitaria tuve experiencias de ESI, con un amplio abanico de material teórico.” (D.A, emprendedora e independiente 31 años)
“Si… en la secundaria, pero todo era desde una perspectiva biologicista y heteronormal.” (S.V, estudiante 24 años)
Finalmente y en un grupo más amplio, se encuentran quienes no recibieron ESI en ningún nivel formativo, lo cual nos genera mucha preocupación.
“No recuerdo haber recibido ESI.” (G. F, enfermera 38 años)
“No recuerdo que tuviera.” (O.C, docente, formulario 45 años)
“No, nunca lo aplique.” (O.C, docente 27 años)
“No. Siempre fue un tabú.” (S.A, empleada pública 48 años)
“No. En ningún momento.” (L.C, administrativo 31 años)
Luego, preguntamos: ¿Qué entiende por Educación Sexual Integral?
En esta oportunidad podemos ver como nuevamente la mayoría de las respuestas coinciden con el tipo de educación sexual que recibieron, relacionada con una perspectiva biologicista.
“Aquella que abarca el cuidado del propio cuerpo y el de los demás en varios aspectos que van desde la alimentación, hábitos de higiene, sexualidad, percepción del género.” (H, M, docente 24 años)
“Cómo el conjunto del cuidado del niño.” (M, R, G, docente 25 años)
“Entiendo como manera de prevención y cuidado, desde una perspectiva integral de nuestro cuerpo en relación a la sexualidad.” (M. V. V, empleada 48 años)
Frente a estas respuestas entendemos que la mayoría aquellas/es/os que expresa no haber tenido ESI, la consideran como una materia que refiere o hacía hincapié en el cuidado del cuerpo. Ello nos motivó a trabajar en el módulo 3 del curso de capacitación sobre el abordaje transversal e integral, encontrándonos con respuestas acorde a lo que plantea la Ley y su espíritu en la aplicación. Incorporando como noción superadora, el concepto de “transversalidad”, haciendo referencia a que la misma representa pensar cómo transmitir contenidos democratizadores anclados en DDHH y Perspectiva de Género, que dan respuesta a procesos socioeducativos. Por ello la consideramos concepto de “transversalidad” (Montaña; Voragini Weth, 2020), haciendo referencia a que la misma representa pensar cómo transmitir contenidos democratizadores anclados en DDHH y Perspectiva de Género, que dan respuesta a procesos socioeducativos.
“Es una modalidad de educación sobre la salud sexual que incorpora o debe incorporar la perspectiva de género y la perspectiva de diversidad sexual para acompañar a niños/as y adolescentes en el proceso de construcción de saberes en torno a sus necesidades.” (V, P, Trabajadora Social 33 años)
“La ESI es un derecho que debemos garantizar a niñas/os y adolescentes, abarca desde el conocimiento del propio cuerpo y cuidados hasta derechos en salud, sociales y prevención y salud sexual.” (S.M, docente 32 años)

“La Ley de ESI es muy importante para acompañar a las infancias y juventudes en su proceso de escolaridad, pensando en su construcción identitaria, para respetar y hacer valer sus derechos, para acompañar/detectar y prevenir situaciones de abusos y violencias.” (V.M. estudiante de Lic. en Ciencias de la Educación 22 años)
“Entiendo cómo de sumo interés tanto para chicos y chicas, aprendan a conocer su propio cuerpo, que puedan adquirir valores, actitudes y que sean responsables con respecto con la sexualidad, su derecho de identidad, etc.” (M, N, bibliotecologa 40 años)
En estos ejemplos citados se observa cómo las/les/los participantes se fueron apropiando de las nociones de ESI amplia y transversal, no solo a los espacios educativos, sino a todas las instituciones y aprendiendo a dejar de lado la mirada biologicista y apoyándose en un paradigma más integral. Comprendiendo que eso parte constitutiva de un derecho de las personas, todas/es/os la/es/os actores somos partícipes en aplicar y garantizarla.
A Modo de Cierre: podemos anticipar que aún el tiempo transcurrido desde la sanción e implementación de la Ley Nacional de Educación Sexual Integral N° 26.150 (2006), en la actualidad todavía persisten concepciones de corte biologicista a la hora de hablar de sexualidad y de la aplicación de la ley. Estas concepciones requieren ser removidas desde una posición filosófica anclada en el enfoque de derechos. La ESI es un Derecho Humano y como tal no lo podemos desconocer. Consideramos que es responsabilidad de cada una/e/o de nosotras/es/os formarnos y replantearnos una mirada transversal, integral y de internivel para acompañar a las infancias y las adolescencias, brindando el acceso a la información científica y académica con la finalidad de formar ciudadanas/es/os que establezcan vínculos sanos con alternativas y posibilidades de elección, con la capacidad de continuar indagando y explorando desde una mirada crítica y participativa. Buscando la promoción del desarrollo juvenil, entendiendo por ello la posibilidad de proveer, a través de relaciones interpersonales significativas en un ambiente seguro y confidencial, oportunidades para mejorar las habilidades para la vida de las/les/los jóvenes, necesarias para elegir y actuar conforme prácticas del cuidado. Desde la Educación Sexual Integral se promueven saberes y habilidades para que chicas/es/os, puedan tomar decisiones conscientes y críticas en relación con el cuidado de su cuerpo, las relaciones interpersonales, la sexualidad y sus derechos.
Valorar los espacios de capacitación y formación para garantizar derechos, como es la plena aplicación de ESI, es obligación y necesidad de todas, todes y todos, los y las ciudadanos y ciudadanas. Es una manera de sobresaltar las barreras de la desinformación, intereses religiosos, políticos, sanitarios, mediáticos, pero con la convicción y la certeza de que ese es el camino.

[1] Ministerio de Salud de la Nación – Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), 1˚ edición, Buenos Aires, julio 2018. Asesorías en Salud Integral en Escuelas Secundarias. Lineamientos para la implementación
[2] Ley 25.673. Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable (2002)
[3] Ley 26.150. Programa Nacional de Educación Sexual Integral (2006)
(*)Facultad de Ciencias Humanas-ULPam
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