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 Leandro Rodríguez Lastra culpable
por negar un aborto no punible

Declararon culpable al ginecólogo Leandro Rodríguez Lastra por negar un aborto no punible
Leandro Rodríguez Lastra. Ph Francisco Sánchez Valassina

 

Por La Mañana de Neuquén
Ph de Portada: Anahí Cárdenas

El ginecólogo cipoleño, Leandro Rodríguez Lastra, fue declaro culpable del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público. Está acusado de obstruir un aborto no punible a una joven de 19 años víctima de violación. El juez, Álvaro Meynet, dio a conocer su veredicto esta mañana y en los próximos días informará la pena que puede ser de hasta 2 años de prisión en suspenso e inhabilitación para ejercer la medicina.

Rodríguez Lastra fue declarado culpable hoy en los juzgados cipoleños en la causa que lo imputó por negar una interrupción legal del embarazo en 2017 a una joven violada.}

El juicio inició el 13 de mayo pasado y tuvo tres audiencias testimoniales y una de alegatos. El propio ginecólogo abrió y cerró el debate con sus palabras, mientras que la víctima declaró como testigo en la primera audiencia y a puertas cerradas.

Según los hechos, la joven ingresó el 2 de abril del 2017 al hospital cipoleño luego de haber consumido pastillas de Oxaprost con un proceso abortivo en curso. Días antes las profesionales del hospital de Fernández Oro habían solicitado la derivación a Cipolletti para interrumpir el embarazo, pero el ginecólogo exigió un informe psiquiátrico, un requisito no establecido en la ley, por lo que se interpretó como una negación a la asistencia sanitaria.

La joven consumió de manera particular pastillas de Oxaprost para provocarse un aborto, y debió ser atendida.

Permaneció dos meses y medio internada en Cipolletti a la espera de la interrupción que nunca llegó. Según expresó la legisladora Marta Milesi, quien impulsó la denuncia, la joven estuvo retenida contra su voluntad para que pueda dar a luz al bebé.

La joven fue sometida a una cesárea y el bebé dado en adopción de forma inmediata. Ella sufrió un daño irreparable en su psiquis que la llevó a cuadros graves de anorexia nerviosa e intentos de suicidio.

El Ministerio Público Fiscal estuvo presidido por Santiago Márquez Gauna y Anabela Camporesi, quienes afirmaron en su acusación que “el ginecólogo hizo todo lo posible para no hacer la ILE pese a que en ese entonces no era objetor de conciencia”, por lo que lo definieron como un obstructor.

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¡Qué dice el “Protocolo para la atención integral de las personas
con derecho a la interrupción legal del embarazo”?

El presente “Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo” es una versión revisada y actualizada de la “Guía Técnica para la Atención Integral de los Abortos No Punibles” elaborada por el Ministerio de Salud de la Nación en 2010. Para esta 2.ª edición se actualizó la información médica, bioética y legal.

Índice
Prólogo 7
Interrupción legal del embarazo: derechos de las personas
y obligaciones del sistema de salud
1. Situación del aborto en el mundo y en la Argentina 11
2. Marco jurídico del derecho a interrumpir un embarazo 12
2.1. Principios rectores 13
3. Circunstancias que habilitan la interrupción legal del embarazo 14
3.1. Causal salud 15
3.2. Causal violación 15
4. Personas con derecho a solicitar una interrupción legal del embarazo 16
4.1. Niñas y adolescentes 17
4.2. Personas con discapacidad 18
5. Los equipos de salud 19
5.1. Responsabilidad profesional 19
5.2. Objeción de conciencia 19
Abordaje del equipo de salud
1. Recepción: información y orientación 23
2. Entrevista inicial: consejería en opciones 25
3. Historia Clínica 28
3.1. Consentimiento informado 28
3.2. Declaración jurada 29
4. Evaluación médica 29
4.1. Anamnesis 29
4.2. Examen físico 30
4.3. Diagnóstico diferencial 30
5. Estudios complementarios 30
5.1. Laboratorio 30
5.2. Ecografía 30
Procedimiento para realizar la interrupción del embarazo
1. Vacunación e isoinmunización Rh 33
2. Evacuación uterina 33
2.1. Procedimiento medicamentoso 33
2.1.1. Manejo ambulatorio 33
2.1.2. Manejo en internación 36
2.1.3. Esquema médico 36
2.1.4. Vías de administración 36
2.1.5. Tiempo para obtener resultado terapéutico y eficacia 39
2.1.6. Precauciones para el uso de misoprostol 39
2.1.7. Profilaxis antibiótica 39
2.1.8. Información y recomendaciones para la mujer 39
2.1.9. Seguimiento 40
2.2. Evacuación con procedimiento instrumental 40
2.2.1. Profilaxis antibiótica 41
2.2.2. Preparación cervical 41
2.2.3. Manejo del dolor 41
2.2.4. Procedimiento de evacuación con aspiración de vacío 42
2.2.5. Dilatación y evacuación 45
2.3. Conservación de los tejidos 45
2.4. Cuidados inmediatos luego del procedimiento 46
2.5. Manejo de las complicaciones 46
3. Indicaciones para el momento del alta 47
Preparación y funcionamiento del aspirador endouterino manual 49
Anticoncepción post interrupción del embarazo
1. Métodos anticonceptivos adecuados para el uso post aborto 60
1.1. Criterios médicos de elegibilidad 60
1.2. Pautas para el comienzo de la anticoncepción 61
2. Provisión de los métodos anticonceptivos 63

Anexo

Declaración jurada víctima de violación
Consentimiento para realización de interrupción legal del embarazo
Bibliografía 
Cuadros y tablas
Cuadro 1. Flujograma de modelo de atención en situaciones de ILE
Cuadro 2. Métodos recomendados por la OMS para la interrupción del embarazo (2012)
Tabla 1. Procedimiento medicamentoso con misoprostol solo
Tabla 2. Procedimiento medicamentoso con mifepristona – misoprostol
Tabla 3. Uso de las categorías para la práctica cotidiana
Tabla 4. Criterios de elegibilidad para el uso de métodos anticonceptivos en el post aborto

 

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