inteligencia-artificial-para-abogados-1068×601

Hace poco escuché que los abogados y abogadas íbamos a ser reemplazados por la inteligencia artificial, que, si una persona tiene que hacer alguna consulta, el chat o abogado virtual respondería todas las dudas o cuestiones jurídicas que surjan, en pocas palabras que el asesoramiento jurídico va ser desplazado por un chat. Mi duda se extiende que pasaría en los casos de violencia de género familiar, ¿un chat podría responder preguntas legales?, o desarrollar estrategias jurídicas en base a lo escuchado?. No solo soy incrédulo sino temeroso de descartar la labor artesanal de letrados y letradas que detectan[1], encuadran, informan y derivan a lugares de atención.

Por Diego Oscar Ortiz*

Desde sus primeros pasos a mediados del siglo XX hasta nuestros días, la inteligencia artificial (IA) ha experimentado una rápida evolución, transformando diversos aspectos de nuestro mundo. La IA abarca una amplia gama de tecnologías que pueden definirse como «sistemas adaptativos de autoaprendizaje». Puede clasificarse en función de las tecnologías, los propósitos (como el reconocimiento facial o de imágenes), las funciones (como la comprensión del lenguaje y la resolución de problemas) o los tipos de agentes (incluidos los robots y los coches autoconducidos). Además, engloba diversos métodos y disciplinas como la visión, el reconocimiento de voz y la robótica, y sirve para mejorar las capacidades humanas tradicionales. Los recientes avances en inteligencia artificial se han visto impulsados por los avances en capacidad de procesamiento informático y el desarrollo de técnicas de manejo de datos[2].

Con respecto a las funciones, la de resolución de problemas es la que concierne al presente artículo, específicamente la posibilidad o no de la resolución de casos de violencia de género familiar.

Organizaciones como la ONU aseguran que la Inteligencia Artificial puede ser muy útil para la lucha contra la violencia de género al proporcionar información y orientación en tiempo real a las víctimas, entre otras cosas[3].

El grupo Las igualadas refiere que Sara es una asistente virtual gratuito, que ofrece información instantánea las 24 horas del día, a aquellas mujeres que puedan estar en riesgo de sufrir violencia de género. Esto les permite evaluar su situación y hacer uso de los servicios de atención disponibles en su país[4]. Sin embargo, una cosa son los datos necesarios e información útiles para las mujeres en situación de violencia de género (direcciones, teléfonos, conformación de los servicios que se presta) y otra cosa son las cuestiones jurídicas que requieran la labor artesanal del letrado o letrada, que a mi entender son irremplazables y marca la distinción de la profesión.

Necesitamos tu acompañamiento para sostener nuestro periodismo — que siente, escucha y transforma. Suma tu aporte 

La ley brinda mecanismos que tienen la finalidad de desarticular el sistema de violencia. Usualmente a través de medidas de protección de las personas afectadas y la intervención de profesionales para desarrollar una estrategia que apunte principalmente al autovalimiento de la mujer, la deconstrucción de la violencia sistémica y su protección psíquica y física, entre otras[5]. Esta finalidad aludida debe ser el norte del asesoramiento en estos casos.

Para dar un ejemplo de lo planteado, una cuestión es el conocimiento de la existencia de una ley, decreto o Convención (fecha de sanción, publicación en el Boletín Oficial, modificaciones posteriores) y otra distinta es realizar una interpretación para contestar una pregunta atinente a un caso. La interpretación desde ya depende entre otras cosas, de la formación del interprete (la rama del derecho que se especializa, experiencias profesionales con la misma u otras disciplinas, estudios en curso)[6].  El o la profesional es especialista porque no solo ha obtenido el título, sino que se ha formado trabajando en equipos, instituciones, con otros profesionales de distintas disciplinas, etc.  Con respecto a esto, existe un dilema de la elección entre educación formal vs educación informal. No obstante valorar el título universitario de especialista, no podemos cerrar la posibilidad que si el profesional se ha formado en diferentes ámbitos y no tiene el título, no pueda ejercer su labor en estos casos[7]. A su vez, un aspecto es interpretar la norma en el momento de su sanción que con los aportes doctrinarios y jurisprudenciales actuales. A esto se suman la recepción de los aportes específicos de la temática[8], ¿ Esto podría hacerlo el chat o asistente virtual? Y en caso afirmativo, ¿con que herramientas?

I.A. Inteligencia artesanal
I.A. Inteligencia artesanal

El ejercicio del Derecho en la actualidad nos interpela, nos dediquemos a la materia que nos dediquemos, a capacitarnos para poder aplicar perspectiva de género y que nuestras prácticas contribuyan a deconstruir el complejo entramado de representaciones sociales que sostienen la violencia de género como medio para disciplinar y someter al colectivo femenino[9].

La concientización y/o el conocimiento de la legislación de protección contra la violencia familiar y de género. Es un tema que requiere un tratamiento especial, conciencia de obligatoriedad y sobre todo un marco de actuación e información[10].

Otro ejemplo podría ser que el chat me podría brindar orientación donde denunciar violencia de género familiar e incluso que medidas de protección existen en la norma (las leyes especiales de protección contra la violencia están publicadas en cualquier sitio jurídico), pero sabemos que la enumeración de medidas de protección es enunciativa y hay muchas otras que surgen de la jurisprudencia y serian adecuadas tener en cuenta para el caso.

El conocimiento de la especialidad del procedimiento marca la forma de petición, la importancia del contenido, la particularidad de la resolución y el seguimiento de lo decidido[11]. A esto se agrega el conocimiento de la especialidad de las medidas de protección, ya sea por:
– Estar enmarcadas en leyes especiales contra la violencia.
– Tener una naturaleza autosatisfactiva, es decir que con la sola petición y posterior resolución es suficiente, sin necesidad de iniciar una ulterior acción de fondo.

-El concepto diferente al de otra medida resuelta en otro proceso civil.
-El contenido de la petición que es el resguardo de la integridad psicofísica.
-La concesión de la medida que tiene relación con la persona que la solicita que se encuentra en condición de vulnerabilidad.

– La interpretación particular que tienen los presupuestos de admisibilidad como el de verosimilitud en el derecho y peligro en la demora de manera individual y conjunta.
– La flexibilidad que tiene que tener la autoridad judicial en la adopción de medidas no enumeradas expresamente.

– La existencia de medidas específicas que convergen acorde a las circunstancias del caso.
– La necesidad en cuanto al seguimiento para verificar la inexistencia de situaciones de violencia.
– La aparición de sanciones civiles ante el incumplimiento que requieren de una reelaboración procesal y de fundamento sustancial[12].

Como cierre de este aporte, cabe aplaudir los avances de la tecnología en la temática como respuestas informativas en todo momento para conocimiento de la víctima, pero no podemos desechar o sustituir la labor artesanal del letrado o letrada especializado.

(*) Abogado, Profesor Universitario en Ciencias Jurídicas,  Especialista en Violencia Familiar, autor de libros y artículos de su especialidad. Columnista de Diario Digital Femenino.

Referencias

[1] La detección de las situaciones encuadradas como de violencia simbólica depende claramente de la formación del operador u operadora de la temática. (ORTIZ, Diego, Desde lejos no se ve, Diario Digital Femenino, 06/05/25, https://diariofemenino.com.ar/df/desde-lejos-no-se-ve-la-violencia-simbolica/).

[2] https://www.un.org/es/global-issues/artificial-intelligence

[3] Inteligencia artificial y violencia de género, Las Igualadas, Link: https://www.youtube.com/watch?v=_iReW0I6mMs

[4] Inteligencia artificial y violencia de género, Las Igualadas, Link: https://www.youtube.com/watch?v=_iReW0I6mMs

[5] BURGOS, Juan Pablo, Aportes para el asesoramiento sobre la violencia de género en el estudio jurídico, ElDial.com – DC2624, 27/11718

[6] No podemos dejar de señalar en esta introducción, la indiscutible carga emocional que genera cada caso de violencia, que sumada a la que “arrastra” el abogado de familia (un ser humano con sentimientos y momentos anímicos fluctuantes), tendrá un impacto directo en su labor. (BURGOS, Juan Pablo, Aportes para el asesoramiento sobre la violencia de género en el estudio jurídico, ElDial.com – DC2624, 27/11718.

[7] ORTIZ, Diego, ¿Que nos hace especialistas en violencia de género?, Diario Digital Femenino, 11/09/23, https://diariofemenino.com.ar/df/que-nos-hace-especialistas-en-violencia-de-genero/

[8] En lo que a violencia de género en su modalidad doméstica importa, el ciclo de la violencia resulta una herramienta conceptual vital para comprender las conductas de las personas involucradas y poder, así, evaluar el contexto y determinar las formas de intervención. (CARBALLIDO, Julia, El ciclo de la violencia, Hammurabi Online, https://www.hammurabi.com.ar/carballido-el-ciclo-de-la-violencia/?srsltid=AfmBOoqtbuHd_ywY_62WjRnw8FyXTvmc2UJ47sY64XUPdI63Tby6-lcp).

[9] CARBALLIDO, Julia, El ciclo de la violencia, Hammurabi Online, https://www.hammurabi.com.ar/carballido-el-ciclo-de-la-violencia/?srsltid=AfmBOoqtbuHd_ywY_62WjRnw8FyXTvmc2UJ47sY64XUPdI63Tby6-lcp

[10] ORTIZ, Diego, Que debemos tener en cuenta en el procedimiento de violencia familiar, Herramientas prácticas para el ejercicio de la actuación profesional, Hammurabi Online, https://www.hammurabi.com.ar/ortiz-que-debemos-tener/

[11] ORTIZ, Diego, Que debemos tener en cuenta en el procedimiento de violencia familiar, Herramientas prácticas para el ejercicio de la actuación profesional, Hammurabi Online, https://www.hammurabi.com.ar/ortiz-que-debemos-tener/

[12] ORTIZ, Diego, Que debemos tener en cuenta en el procedimiento de violencia familiar, Herramientas prácticas para el ejercicio de la actuación profesional, Hammurabi Online, https://www.hammurabi.com.ar/ortiz-que-debemos-tener/

Seguinos en Instagram. Diario Digital Femenino: @diariodigitalfemenino_
Lenny Cáceres: @lennycaceres69
Facebook: Diario Digital Femenino 
TikTok; diariodigitalfemenino

Dejar un Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

error: El contenido está protegido!! Fuente: Diario Digital Femenino (diariofemenino.com.ar) – Cita obligatoria al compartir o reproducir