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Un tema que no se debate demasiado dentro de los feminismos, del que pocas se animan a hablar abiertamente pero que en el último tiempo es utilizado de manera liviana para descalificar el pedido de justicia en alguna causas. ¿Debemos renunciar al pedido de justicia? Que fue precisamente lo que nos llevó masivamente a las calles visibilizando el flagelo de la violencia contra las mujeres. ¿Debemos temer a reclamar para no ser “acusadas” de punitivista? ¿Deben paralizarse lo reclamos feminista en pos de las garantías ¿cuáles?¿De quiénes?

Necesitamos seguir pensando juntas y con ese objetivo convocamos a la escritora Esther Pineda G. autora del libro “Cultura femicida. El riesgo de ser mujer en América Latina”, quien en la entrevista nos invita a repasar esta cuestión, revisarla y tal vez reflexionar profundo al respecto.

Por Lenny Cáceres

¿Cuál es el sentido de comenzar con esta calificación de punitivista al feminismo que reclama justicia? Suena a patriarcal…

-La proliferación de discursos en los que se califica de “punitivistas” a las feministas, a las víctimas de violencia sexista y a las familias de las víctimas no es casual, no es azarosa, no es inocente, es una narrativa y una práctica patriarcal que tiene como objetivo estigmatizar, reprobar y sancionar socialmente a quienes visibilizan los crímenes, a quienes los denuncian y a quienes demandan justicia; con la intención de silenciar a las mujeres, desviar la atención del delito y sus perpetradores, desmovilizar los pedidos de justicia ante los crímenes cometidos contra las mujeres, y por tanto para beneficiar a los agresores y garantizar el sostenimiento y continuidad de la dominación masculina.

¿Por qué algunas feministas están asumiendo esa postura de calificar como punitivista a sus compañeras que demandan justicia?

-Este discurso que califica los pedidos de justicia de las mujeres como “punitivistas” fue iniciado por grupos de hombres (entre estos académicos, legisladores y políticos) que se oponían a las leyes que tipificaban la violencia machista y los femicidios, el cual posteriormente fue calando en distintos sectores de la sociedad; lamentablemente este discurso ha comenzado a ser reproducido por algunas individualidades feministas quienes temen que por pedir justicia ante los crímenes sexistas y misóginos puedan ser señaladas, criticadas, puedan perder presencia mediática, espacios políticos, e incluso ser consideradas como conservadoras y antiprogresistas. Aunado a ello, como decía Simone de Beauvoir “el opresor no sería tan fuerte si no tuviese cómplices entre los oprimidos” y la realidad es que también hay que decir que algunas mujeres autodenominadas feministas están más preocupadas por proteger y justificar a los agresores que por las víctimas.

Estamos ante un “guiño” amigable a la justicia ¿Para qué? ¿Para quién? Se me ocurre pensar en el Sistema carcelario, por ejemplo.

-La vehemencia con la que se califican de punitivistas los pedidos de justicia ante los crímenes cometidos contra las mujeres no la vemos ante la tipificación y sanción de los delitos contra la propiedad, los genocidios, u otras formas de victimación individual o colectiva. El discurso “anti-punitivista” que carga contra el feminismo no está realmente preocupado por la privación de la libertad de los perpetradores de los delitos, la verdadera preocupación del “anti-punitivismo” es que se tipifiquen, denuncien y sancionen los delitos cometidos contra las mujeres.

Bajo el argumento de que la cárcel no previene, no educa, no rehabilita y no permite a los agresores reinsertarse en la sociedad se le exige a las mujeres reproducir roles de género estereotípicos y tradicionales, por ejemplo, sacrificarse, dejar de pedir justicia ante los crímenes contra ellas cometidas, educar a sus agresores y aceptar la impunidad; mientras que al Estado no se le exige el desarrollo e implementación de políticas de prevención de estos crímenes, como tampoco la garantía de derechos humanos, la transformación de sus instituciones, y la humanización de las cárceles para aquellos casos en los cuales los delitos ya han sido cometidos y deben ser sancionados.

¿Es posible esa generalización de “punitivista” cuando cada causa debe abordarse concretamente?

-Esa narrativa en la que se califica como “punitivista” cualquier pedido de justicia, principalmente de aquellos crímenes cometidos contra las mujeres (violencia física, violaciones, trata, proxenetismo, desapariciones, femicidios) tiende a ser universalizadora y totalizante; además que tiende a justificar la impunidad en delitos graves contra la integridad y la vida, amparándose y usando como ejemplo casos donde fueron encarcelados los ejecutores de infracciones o delitos menores. No podemos equiparar un adolescente de 13 años que se robó una lata de atún, con un hombre que violó, asesinó y descuartizó a una mujer para finalizar arrojándola a un botadero de basura. La sanción penal existe, sigue siendo necesaria, el abordaje no puede ser el mismo para todos los delitos, y no pueden ser las mujeres y sus familias quienes paguen por las deficiencias del Estado en materia de justicia; yo no tendría cara para decirle a la víctima de una violación que es punitivista por pedir que su agresor sea sancionado, no podría decirle a la madre de una víctima de femicidio que es punitivista por pedir justicia para su hija y que no puede enviar al femicida a la cárcel porque las cárceles no reeducan, eso por mucho que se le quiera maquillar se llama revictimización.

Vamos por lo opuesto ¿El garantismo sumaría? ¿Para quién?

-Uno de los problemas de nuestras sociedades actuales es que algunos términos se masifican sin ningún tipo de profundidad o rigurosidad y en el proceso son vaciados de sentido, las personas los reproducen constantemente pero no saben que significa o su significado fue tan tergiversado que termina convertido en algo que nada tiene que ver con su sentido u objetivo original. El garantismo está siendo mal entendido, garantismo no es liberar agresores o prescindir de la sanción penal, el garantismo como su palabra lo dice es garantizar el acceso a la justicia de las victimas al mismo tiempo que garantizar los derechos humanos de los imputados y condenados: el respeto a la garantía del debido proceso, la garantía de un juicio justo sin arbitrariedades y formas de ensañamiento del sistema penal, la desburocratización del sistema penal y por tanto la erradicación de los retardos procesales, la deconstrucción de los prejuicios y estereotipos racistas y clasistas que persisten en los operadores de justicia, y la garantía de que la investigación, formulación e implementación de mecanismos y vías de sanción penal se desarrollen en el marco del respeto de los derechos y la dignidad humana garantizando la tutela judicial efectiva. Liberar o prescindir de la sanción penal de los perpetradores de delitos contra las mujeres no es garantismo.

¿En los casos de violencia contra la mujer realmente existe el punitivismo?

-El punitivismo feministas es una ficción, porque se ha comprobado que los delitos cometidos contra las mujeres han sido y continúan siendo los menos perseguidos, investigados y sancionados. Los porcentajes de agresores de mujeres (golpeadores, violadores, tratantes, proxenetas, femicidas) siguen siendo ínfimos comparados con el número de casos denunciados; aunado a que no existe sobrepoblación carcelaria por los delitos cometidos contra las mujeres, porque de hecho, en el contexto de una justicia patriarcal los perpetradores de crímenes contra las mujeres son quienes logran acaparar mayor empatía por parte de policías, fiscales y jueces, y quienes en el abanico de delitos contra la propiedad y las personas son quienes suelen ser en mayor medida favorecidos.

¿Las leyes de violencia contra la mujer y el femicidio no han podido reducir su ocurrencia, para que sirven entonces?

-La tipificación de los delitos contra las mujeres sirven para: 1) Decirle a la sociedad que la violencia contra la mujer no será tolerada por el Estado. 2)  Sancionar la comisión de los crímenes cometidos contra las mujeres en el contexto de relaciones de desigualdad, dependencia y proximidad. 3) Reducir la impunidad y revocar el permiso social e institucional ante la comisión de estos crímenes. 4) Salvaguardar la integridad y la vida de otras niñas y mujeres víctimas potenciales de los ya agresores.

Esther Pineda G.
Esther Pineda G.

1 Comentarios

    • Ana María Bach -

    • octubre 2, 2020 a las 13:39 pm

    Muy claro y me actualiza sobre los lenguajes en los feminismos.

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