«El Estado debe saldar las deudas con las mujeres»
25/06/2012 | El partido pide tratamiento urgente en la Cámara de Diputados de las iniciativas sobre la despenalización del aborto. Además solicitan al Ejecutivo la creación del protocolo médico al cual ya se adhirieron 14 provincias.

El Frente Grande -más precisamente su espacio de género- hizo un pedido público a todo el Estado Provincial (en sus tres poderes) para el debate sobre el aborto no punible, a la concreción de un protocolo médico para actuar al respecto, adhiriendo a la medida tomada por el Superior Tribunal de Justicia de la Nación. Reclaman así «saldar esta deuda de la democracia, para abocarnos a la impostergable discusión, en el Congreso Nacional, sobre la legalización y despenalización del aborto, que es todavía una asignatura pendiente».
Desde el partido –que tiene por referente al ex diputado Daniel San Cristóbal y a los actuales legisladores Fabricio Bolatti y Daniel Travalón- recordaron el fallo de la Suprema Corte que plantea una exhortación a las autoridades nacionales y provinciales a implementar y hacer operativos (mediante normas del más alto nivel), protocolos hospitalarios para la atención de abortos no punibles. El objetivo es remover los obstáculos de todo tipo que hoy existen para su realización. «El Alto Tribunal es muy específico en este punto y detalla todos los aspectos a los que deberá atender cada protocolo a dictarse, para impedir que se frustren los derechos establecidos por ley», explican y detallan que ya son más de 14 provincias las que adhirieron a este planteo.
«En nuestra provincia no pasa lo mismo, ni desde el Poder Ejecutivo, que hasta acá no ha expresado nada sobre este tema», manifestaron y señalaron que los diputados chaqueños en los hechos, demostraron no interesarles comenzar a cumplir con el fallo.
«Para nuestra Legislatura parecería que no existen el artículo 86 del Código Penal, ni el fallo de la Corte, dado que una buena porción de sus integrantes se niegan a dar tratamiento a las iniciativas presentadas», destacan en tono de queja y recuerdan que San Cristóbal presentó un proyecto hace cinco años y el diputado provincial Carlos Martínez -de Libres del Sur- hizo lo propio hace poco tiempo. «En la Cámara de Diputados, en la última sesión, un acuerdo de los bloques mayoritarios, UCR y PJ, impidió que se pueda acordar una fecha para el tratamiento de estos proyectos que tienen estado parlamentario», comentaron.
Al respecto se preguntaron si hará falta demostrar la misma crueldad que se aplicó a la joven aborigen para que el estado chaqueño garantice abortos no punibles, establecidos hace 91 años.
Precedentes
Ante este debate y el pedido claro a los poderes estatales, el Frente Grande recuerda que el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas en el caso denunciado de una niña aborigen violada en El Impenetrable y luego re criminalizada en Salud Pública, Policía y Poder Judicial del Chaco, ordenó implementar medidas para que no se repitan atropellos similares. Además de asegurar el acceso de las víctimas de violencia, incluidas las agresiones sexuales, a los tribunales en condiciones de igualdad.
«Durante casi un siglo el Estado argentino, a través de sus tres poderes y en sus diferentes distritos, dejó al arbitrio personal de sus funcionarios la aplicación del artículo 86, inciso 1 y 2, del Código Penal, producto de las presiones de los sectores religiosos fundamentalistas, que se niegan a aceptar que vivimos en un estado laico y plural», consideraron y señalaron que pretenden establecer dogmas morales por encima de las leyes. «Este artículo se encuentra vigente en nuestro Código Penal desde 1921, pero le fue sistemáticamente negado a miles de mujeres, que a través de su cuerpo vivieron esta negativa del derecho a un aborto no punible», aseguran.
En este sentido recordaron el reciente fallo de la CSJN recoge los argumentos de la decisión del mismo Comité de Derechos Humanos que atendió la petición de la joven chaqueña. Así realizó una lectura comprensiva y respetuosa de los estándares internacionales de Derechos Humanos y de los principios constitucionales, clarificando el alcance del Art 86 inciso 2 del Código Penal afirmando que todas las mujeres con un embarazo producto de violación, tendrán derecho a acceder a un aborto en tiempo y forma, en el sistema de salud, y con la presentación de una declaración jurada de haber sido violada.
Señalaron que el hecho sobre el que resolvió la Corte ya era abstracto, la joven afectada (en la provincia de Chubut, una chica de 15 de años, que fuera violada por su padrastro) en el expediente bajo estudio ya había abortado, sin embargo dicta igualmente el fallo para que se tome como precedente para casos similares. Se trata entonces de una doctrina especialmente determinada por el Alto Tribunal para sentar jurisprudencia y evitar futuros debates judiciales.
De acuerdo al fallo, los médicos deberán proceder en el ámbito de la consulta, y sin solicitar autorización judicial; si algún juez recibiera el pedido, deberá reiterar esta directiva. De lo contrario, la Justicia estaría interponiendo, dice la resolución, «un vallado extra» y «entorpece una concreta situación de emergencia sanitaria. El máximo tribunal del Estado argentino ha comenzado a saldar parte de la deuda que aún mantiene en el reconocimiento de derechos fundamentales de las mujeres», consideran desde el partido.

El Frente Grande -más precisamente su espacio de género- hizo un pedido público a todo el Estado Provincial (en sus tres poderes) para el debate sobre el aborto no punible, a la concreción de un protocolo médico para actuar al respecto, adhiriendo a la medida tomada por el Superior Tribunal de Justicia de la Nación. Reclaman así «saldar esta deuda de la democracia, para abocarnos a la impostergable discusión, en el Congreso Nacional, sobre la legalización y despenalización del aborto, que es todavía una asignatura pendiente».
Desde el partido –que tiene por referente al ex diputado Daniel San Cristóbal y a los actuales legisladores Fabricio Bolatti y Daniel Travalón- recordaron el fallo de la Suprema Corte que plantea una exhortación a las autoridades nacionales y provinciales a implementar y hacer operativos (mediante normas del más alto nivel), protocolos hospitalarios para la atención de abortos no punibles. El objetivo es remover los obstáculos de todo tipo que hoy existen para su realización. «El Alto Tribunal es muy específico en este punto y detalla todos los aspectos a los que deberá atender cada protocolo a dictarse, para impedir que se frustren los derechos establecidos por ley», explican y detallan que ya son más de 14 provincias las que adhirieron a este planteo.
«En nuestra provincia no pasa lo mismo, ni desde el Poder Ejecutivo, que hasta acá no ha expresado nada sobre este tema», manifestaron y señalaron que los diputados chaqueños en los hechos, demostraron no interesarles comenzar a cumplir con el fallo.
«Para nuestra Legislatura parecería que no existen el artículo 86 del Código Penal, ni el fallo de la Corte, dado que una buena porción de sus integrantes se niegan a dar tratamiento a las iniciativas presentadas», destacan en tono de queja y recuerdan que San Cristóbal presentó un proyecto hace cinco años y el diputado provincial Carlos Martínez -de Libres del Sur- hizo lo propio hace poco tiempo. «En la Cámara de Diputados, en la última sesión, un acuerdo de los bloques mayoritarios, UCR y PJ, impidió que se pueda acordar una fecha para el tratamiento de estos proyectos que tienen estado parlamentario», comentaron.
Al respecto se preguntaron si hará falta demostrar la misma crueldad que se aplicó a la joven aborigen para que el estado chaqueño garantice abortos no punibles, establecidos hace 91 años.
Precedentes
Ante este debate y el pedido claro a los poderes estatales, el Frente Grande recuerda que el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas en el caso denunciado de una niña aborigen violada en El Impenetrable y luego re criminalizada en Salud Pública, Policía y Poder Judicial del Chaco, ordenó implementar medidas para que no se repitan atropellos similares. Además de asegurar el acceso de las víctimas de violencia, incluidas las agresiones sexuales, a los tribunales en condiciones de igualdad.
«Durante casi un siglo el Estado argentino, a través de sus tres poderes y en sus diferentes distritos, dejó al arbitrio personal de sus funcionarios la aplicación del artículo 86, inciso 1 y 2, del Código Penal, producto de las presiones de los sectores religiosos fundamentalistas, que se niegan a aceptar que vivimos en un estado laico y plural», consideraron y señalaron que pretenden establecer dogmas morales por encima de las leyes. «Este artículo se encuentra vigente en nuestro Código Penal desde 1921, pero le fue sistemáticamente negado a miles de mujeres, que a través de su cuerpo vivieron esta negativa del derecho a un aborto no punible», aseguran.
En este sentido recordaron el reciente fallo de la CSJN recoge los argumentos de la decisión del mismo Comité de Derechos Humanos que atendió la petición de la joven chaqueña. Así realizó una lectura comprensiva y respetuosa de los estándares internacionales de Derechos Humanos y de los principios constitucionales, clarificando el alcance del Art 86 inciso 2 del Código Penal afirmando que todas las mujeres con un embarazo producto de violación, tendrán derecho a acceder a un aborto en tiempo y forma, en el sistema de salud, y con la presentación de una declaración jurada de haber sido violada.
Señalaron que el hecho sobre el que resolvió la Corte ya era abstracto, la joven afectada (en la provincia de Chubut, una chica de 15 de años, que fuera violada por su padrastro) en el expediente bajo estudio ya había abortado, sin embargo dicta igualmente el fallo para que se tome como precedente para casos similares. Se trata entonces de una doctrina especialmente determinada por el Alto Tribunal para sentar jurisprudencia y evitar futuros debates judiciales.
De acuerdo al fallo, los médicos deberán proceder en el ámbito de la consulta, y sin solicitar autorización judicial; si algún juez recibiera el pedido, deberá reiterar esta directiva. De lo contrario, la Justicia estaría interponiendo, dice la resolución, «un vallado extra» y «entorpece una concreta situación de emergencia sanitaria. El máximo tribunal del Estado argentino ha comenzado a saldar parte de la deuda que aún mantiene en el reconocimiento de derechos fundamentales de las mujeres», consideran desde el partido.
Fuente: La Voz de Chaco