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La Cámara de Diputados bonaerense convirtió en ley el proyecto que busca facilitar los mecanismos de reclamo de la cuota alimentaria para garantizar el cumplimiento del derecho de niñas, niños y adolescentes, fortalecer la autonomía de las mujeres que litigan por este tema y lograr una respuesta judicial rápida y ágil, entre otros aspectos relevantes.

En ese sentido, el proyecto impulsado por la senadora de Unión por la Patria, Sofía Vannelli, propone modificar un conjunto de artículos del Código Procesal Civil y Comercial para generar un fácil acceso a la cuota alimentaria para quienes están a cargo de hogares monomarentales.

Descarga el proyecto: Cuota alimentaria

Sanción definitiva a la reforma que agiliza los trámites de cuota alimentaria
Sanción definitiva que agiliza los trámites de cuota alimentaria- Ayelén Rasquetti

 Avanzamos hacia maternidades dignas y niñez con derechos

Por Maru Breard*

¿En qué consisten las reformas propuestas por los proyectos incorporados en materia de cuota alimentaria?

Estas reformas establecen mecanismos claros y eficaces para asegurar el cumplimiento de la cuota alimentaria, garantizando una respuesta rápida y eficiente en los casos de incumplimiento. Permiten la ejecución de convenios de alimentos no homologados judicialmente, evitando demoras innecesarias en el sistema judicial, y proporcionan una estimación de los ingresos o bienes del obligado a pagar alimentos, incluso a través de pruebas indiciarias, permitiendo una valoración justa y adecuada de las cuotas alimentarias.

Además, autorizan el uso de aplicaciones y plataformas de mensajería instantánea para notificaciones, mejorando la efectividad de las comunicaciones y garantizando que las partes sean informadas de manera oportuna. Obligan a fijar alimentos provisorios en la primera resolución judicial o en un plazo no mayor a 5 días, garantizando una protección inmediata mientras se resuelve el caso.

El juez puede ordenar cualquier medida razonable para asegurar el cumplimiento de la resolución, reforzando la seriedad de las obligaciones alimentarias y promoviendo la responsabilidad. Permiten a la parte actora elegir el camino adecuado para su situación en procesos de obligación alimentaria, facilitando un acceso más expedito y adecuado a la justicia, y utilizan la Canasta de Crianza del INDEC o la medición adoptada por la Provincia de Buenos Aires para estimar el valor real de la cuantía alimentaria, asegurando que las cuotas reflejen los costos reales de vida y eviten la depreciación.

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En definitiva, la importancia de las reformas en materia de cuota alimentaria radica en varios aspectos clave que buscan garantizar el cumplimiento efectivo de las obligaciones alimentarias:

Sobre la modificación al Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires
  • Plazos para Respuestas Incorporación de plazos específicos para respuestas de oficinas públicas (7 días) y entidades privadas (5 días).
  • Los Convenios de Alimentos no Homologados podrán ejecutarse los convenios de alimentos no homologados judicialmente en los siguientes casos, que cuenten con firma certificada y con intervención del obligado o que hayan tenido principio de ejecución. Se dará vista al Ministerio Público.
  • Estimación de Caudal del Obligado Debe proporcionarse una estimación, aunque sea aproximada, de los ingresos o bienes del obligado a pagar alimentos, siendo suficiente la prueba indiciaria.
  • Notificación por Medios Alternativos Autorización del uso de aplicaciones o plataformas de mensajería instantánea para notificar, si los medios tradicionales no son efectivos.
  • Alimentos Provisorios deben establecerse en la primera resolución judicial o fijarse en un plazo no mayor a 5 días si se solicitan después.
  • Medidas para Asegurar Cumplimiento El Juez puede ordenar cualquier medida razonable para asegurar el cumplimiento de la resolución y aplicar multas por incumplimiento.
  • Plazo para Dictar Sentencia La sentencia debe ser dictada en un plazo de 5 días una vez producida la prueba.
  • Cálculo de Cuantía Alimentaria Utilización de la Canasta de Crianza del INDEC o medición que adopte la Provincia de Buenos Aires para estimar el valor real de la cuantía alimentaria.
  • Cuotas Suplementarias y Costas Cuotas acumuladas hasta el momento de la sentencia se utilizan para establecer una cuota suplementaria. Costas asignadas a la parte demandada.
  • Flexibilidad en el Proceso Flexibilidad para la parte actora en elegir el camino adecuado para su situación en procesos de obligación alimentaria tendrá opción de iniciar el reclamo mediante etapa previa o radicarlo ante el juzgado de Familia o de Paz.
  • Incidente de aumento de la cuota alimentaria, la nueva cantidad fijada rige desde la interposición del pedido o desde la solicitud de etapa previa. Las costas serán pagadas por la parte demandada.
  • La disminución, cesación o coparticipación de la cuota rige desde que se dictó la sentencia que así lo dispone.
Sanción definitiva a la reforma que agiliza los trámites de cuota alimentaria
Sanción definitiva a la reforma que agiliza los trámites de cuota alimentaria

Estas reformas buscan garantizar derechos y agilizar procesos para madres, niñas, niños y adolescentes.

(*) Directora de Equidad de Género y Diversidad Sexual de la Honorable Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires.
Fuente para Diario Digital Femenino: Erica Pérez

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