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Recientemente el descubrimiento de otro feminicida en el Estado de México…

Por Laura Carreto Tirado

A inicios del 2019 una noticia conmocionó a México al darse a conocer a uno de los feminicidas más sádicos, conocido como “El Monstruo de Ecatepec” quien se dedicaba a secuestrar jóvenes para después violarlas y matarlas en complicidad con su pareja. Cuando fue detenido llevaba una carriola con restos humanos, después confesó el asesinato de 20 mujeres, aunque las autoridades piensan que fueron más. Los delitos los venía cometiendo al menos 6 años atrás, ¿por qué las autoridades tardaron tanto para investigar lo que pasaba en esa vivienda? Si los vecinos habían reportado ya el extraño comportamiento del matrimonio.

Recientemente el descubrimiento de otro feminicida en el Estado de México, llamado por la prensa como “el Monstruo de Toluca”, quien se mostraba desafiante ante las autoridades en las redes sociales, pues ya era buscado desde octubre de 2019, fue finalmente capturado en enero de 2020. Decía “Para atrapar a un asesino en serie debes pensar como uno”, escribió en una publicación donde añadió las fichas de búsqueda de tres jóvenes que habían desaparecido.

En realidad, los casos de multifeminicidas son aislados, de manera general en México mujeres son asesinadas o agredidas por sus esposos y/o novios. Preocupa el número de asesinatos en todo el país, pero particularmente en el Estado de México (Edomex), que tiene 16 millones de habitantes, un estado conurbado a la Ciudad de México, donde continuamente la población se desplaza a la capital para laborar, viajando hasta dos horas, haciendo uso de tres o cuatro distintos transportes públicos para llegar al trabajo; es ahí donde se ha convertido en un peligro ser mujer, específicamente Ecatepec es el municipio más violento en México para las mujeres, superando a Ciudad Juárez (ciudad fronteriza con Estados Unidos) que causó alarma internacional por el alto nivel de feminicidios.

Según el Observatorio Ciudadano Nacional de Feminicidio, en voz de su asesora jurídica Ana Yeli Pérez, en México han sido asesinadas 8,904 mujeres en un lapso de 2014 y 2017; 1,420 de estos asesinatos ocurrieron en el Estado de México, siendo Ecatepec el municipio con más crímenes. Según el informe de una red conformada por organizaciones en pro de los derechos de las mujeres de 243 delitos, sólo 17% fueron considerados feminicidios, además de que no se investigan con perspectiva de género. En Edomex, más del 70% de los cadáveres de víctimas de feminicidio son encontrados en terrenos baldíos, aguas negras o tiraderos de basura. La mayoría sufrió violencia sexual, casi todas estaban en edad reproductiva, entre 20 y 35 años «Pérez asegura que en Ecatepec y municipios aledaños se ha reportado ese patrón en que las mujeres primero desaparecen y luego son encontradas muertas. «Se encuentran solo restos y no los cuerpos completos” (BBC, 2020).

La abogada feminista, Edith López, expresa que detrás de los feminicidios de Ecatepec hay una mezcla de «los peores factores que evitan que los ciudadanos tengan una mínima seguridad y acceso a la justicia si sufren algún delito». Entre ellos nombra la corrupción y la negligencia en el sistema, así como el machismo que permea la sociedad. Dice: «Sin querer ser clasista, las zonas suburbanas son las que menos tienen acceso a las oportunidades que se necesitan para vencer la misoginia, como la educación».

Otro caso que llamó la atención fue el asesinato de Abril Pérez Sagaón, asesinada el 28 de noviembre del año pasado, justo cuando miles de mujeres marchaban por la violencia de género en la Ciudad de México. Abril fue asesinada a balazos por dos sujetos que viajaban en una motocicleta, ella se trasladaba con sus dos hijos, el principal sospechoso es su ex esposo, quien en ese momento buscaba la custodia de los hijos. Abril ya había denunciado a su ex pareja: Juan Carlos García por haberla golpeado con un bate de béisbol mientras ella dormía (intento de homicidio), había salido de prisión en septiembre y reingresado el mismo mes. Cabe mencionar que el sujeto fue CEO (director ejecutivo) de Amazon México y ejecutivo de Elektra. Pero el caso dio un giro cuando el juez Federico Mosco González reclasificó el delito de feminicidio en grado de tentativa a «lesiones y violencia familiar». Esto allanó el camino para retirar la prisión preventiva, y el hombre quedó en libertad el pasado 8 de noviembre por decisión del juez Carlos Trujillo Rodríguez. Actualmente se investigan los jueces que le dieron libertad, además que el inculpado está localizado en San Diego sin embargo aún no está preso, lo único que se sabe es que la Procuraduría General de Justicia (PGJ) de la Ciudad de México solicitó a la interpol la ficha roja (BBC, 2020).

Los casos de violencia de género y feminicidios no distinguen clases sociales, ni nivel sociocultural; lo mismo puede pasar en el Estado de México, en los municipios más humildes y suburbanos dentro de la clase trabajadora, que en una casa de una familia acomodada y ambos con estudios en Harvard como en el caso de Abril Pérez y Juan Carlos García.

El término feminicidio surgió en México como una adaptación del término en inglés “femicide”, cuya traducción literal sería femicidio; “femicide” o “femicidio” tiene una larga historia en la tradición inglesa que se remonta a principios del siglo XIX. En 1801 fue utilizado para denominar el “asesinato de una mujer”; en 1976 la feminista Diana Russell lo utilizó con este sentido. En la década de los setenta del siglo XX el término fue recuperado por el movimiento feminista incorporando un nuevo elemento: la misoginia, a la definición decimonónica que lo entendía simplemente como el asesinato de una mujer.

El 6 de diciembre de 1989 en la Universidad de Montreal, un hombre llamado Marc Lépine llega a un aula y les ordena a los hombres que salgan, asesinando únicamente a las mujeres al grito de “Odio a las feministas”, y tras matar a 13 estudiantes y 1 empleada se suicida. Mélissa Blais considera que el 6 de diciembre fue un hecho histórico para el feminismo, porque fue la primera vez que un “asesino misógino” y anti feminista claramente expresó el motivo de su acción contra las mujeres”.

En 1992 Russell y Jill Radford publican: “Femicide. The politics of woman killing”. Diana Russell afirma que “la explicitud de la misoginia de Marc Lépine, tanto por solo escoger como víctimas a mujeres como por llamarlas “malditas feministas”, hicieron que la existencia del fenómeno del “femicidio”, al menos para algunos, imposible de ignorar. Desde entonces, el uso del término ha ido creciendo”. No sería hasta finales de la década siguiente cuando adquiriría mayor relevancia teórica en el ámbito feminista, a raíz de lo que se ha conocido como la masacre de Montreal (Iribarne, 2016).

La versión mexicana fue impulsada por la mexicana Marcela Lagarde (en 2007), el “femicidio” se convierte en “feminicidio” y en él surge un nuevo actor con rol protagónico: el Estado. En este sentido evidencia la inexistencia del Estado de derecho, en el cual se reproducen la violencia sin límite y los asesinatos sin castigo. Se trata de una fractura del Estado de derecho que favorece la impunidad. El feminicidio es un crimen de Estado. En el contexto mexicano la discusión teórica sobre el concepto tuvo como telón de fondo las constantes desapariciones y asesinatos de cientos de mujeres y niñas en Ciudad Juárez, Chihuahua, en donde las autoridades responsabilizaban a las propias víctimas o a sus familias por los crímenes. La impunidad será pues el elemento diferenciador entre “femicidio” y “feminicidio”. Explica Lagarde: “en castellano “femicidio” es una voz homóloga a homicidio y sólo significa homicidio de mujeres. Por eso, para diferenciarlo, preferí la voz feminicidio y denominar así al conjunto de violaciones a los derechos humanos de las mujeres que contienen los crímenes y las desapariciones de mujeres y que, estos fuesen identificados como crímenes de lesa humanidad” (Iribarne, 2016).

La primera vez que la ley mexicana definió el feminicidio (o más bien la violencia feminicida) fue en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV) publicada en el diario oficial el 1 de febrero de 2007; Artículo 21. “Violencia Feminicida: Es la forma extrema de violencia de género contra las mujeres, producto de la violación de sus derechos humanos, en los ámbitos público y privado, conformada por el conjunto de conductas misóginas que pueden conllevar impunidad social y del Estado y puede culminar en homicidio y otras formas de muerte violenta de mujeres” (Iribarne, 2016).

La tipificación del feminicidio en México fue hasta el 2012, pero antes de ésta hubo un importante parteaguas. El 19 de enero de 2009 la Corte Interamericana de Derechos Humanos (IDH) condenó al Estado Mexicano por la violación de los derechos humanos de tres víctimas mortales: Esmeralda Herrera Monreal de 15 años, Claudia Ivette González de 20 años y Laura Berenice Ramos Monjárrez de 17 años; y de sus respectivas familias en Ciudad Juárez. En la sentencia, aunque la Corte IDH no utiliza expresamente el término feminicidio admite que este es sinónimo de la expresión utilizada: “homicidio de mujeres por razones de género”.

En 2012 el Código Penal Federal estableció en su artículo 325 el delito de feminicidio para quien “prive de la vida a una mujer por razones de género” y en él se establecen las circunstancias que han de concurrir para ello: signos de violencia sexual, antecedentes de maltrato, relaciones sentimentales previas, amenazas, incomunicación de la víctima o exhibicionismo del cuerpo de la víctima, entre otras. En estos casos se reservan penas de 40 a 60 años de cárcel y el criminal pierde derechos relacionados con la víctima como los sucesorios. El artículo dispone que en caso de no acreditarse el feminicidio se juzgara a la víctima con las reglas del homicidio (Voces feministas, 2020).

A pesar de la lucha de Marcela Lagarde y de las organizaciones feministas, en este año 2020, en el marco de la redacción de un Código Penal único para toda la república, el Fiscal General de la República: Alejandro Gertz Manero en una reunión privada con los diputados de “Morena” (el partido gobernante en México) explicó que los feminicidios eran un delito complicado de comprobar para los Ministerios Públicos. En pocas palabras: la propuesta de Gertz es eliminar el delito de feminicidio del Código Penal (El País, 2020).

Además, la Fiscalía General de la República (FGR) volvió a encender la polémica, luego de que defendió la propuesta de Gertz Manero para eliminar el tipo penal de feminicidio y convertirlo en una agravante de homicidio, pues consideró que con dicha reforma los responsables por este delito podrían ser sentenciados a penas de 40 a 70 años de prisión (Sin embargo, 2020).

Los feminicidios son delitos que rara vez caen en la jurisdicción federal, sino en la de cada uno de los 32 Estados mexicanos y solo 19 tiene un artículo similar al federal, con circunstancias objetivables que sirven como pruebas. «Las reticencias para tratar estos crímenes con perspectiva de género se encuentran en los Estados, pero también en el proceso judicial, en la investigación policial. Normalmente se investigan como homicidios” aseveró Ana Yeli Pérez Garrido, asesora jurídica del Observatorio Ciudadano Nacional de Feminicidios. «Parece un asunto superado, pero preocupa que a estas alturas el fiscal plantee esta iniciativa. Desconoce las razones por las que se tipificó el feminicidio, no es solo algo legal, sino el reconocimiento del contexto de violencia que se visibilizó desde los 90 en Ciudad Juárez. A pesar de que llevamos varias décadas con estas demandas, el número de víctimas mortales no ha hecho más que crecer» (El País, 2020).

La propuesta del Fiscal ha causado controversia y disgusto entre las organizaciones feministas ya que en el país mueren 10 mujeres diariamente por causas machistas. De acuerdo con cifras del Secretariado de Seguridad, entre enero y diciembre del 2019 se contabilizaron 976 casos de presuntos feminicidios y 2 mil 819 casos de presuntas víctimas de homicidio doloso. De acuerdo con la Ley cuando no se puede acreditar el feminicidio, se aplican las reglas de homicidio (Sin embargo, 2020).

Una vez más la violencia en contra de la mujer se ejerce desde el Estado, con autoridades e instituciones patriarcales. El Fiscal Alejandro Gertz Manero es un abogado de ochenta años con una amplia experiencia en el tema de la Seguridad, ha tenido diversos puestos políticos en distintos gobiernos, la mayoría de izquierda. Sin embargo, como es bien sabido esto no es garantía para que esté informado sobre el trasfondo político y de lucha del concepto “feminicidio”. Seguramente no empatiza con las causas feministas, pero también ignora las consecuencias si este concepto se eliminara de la ley mexicana. Es en estos momentos cuando se ve lo importante que ha sido la lucha de las teóricas feministas y de las organizaciones civiles. Seguramente esto no procederá, pues las primeras en exponerlo fueron las diputadas de Morena quienes asistieron a esa reunión privada y rechazaron la propuesta al igual que otras diputadas y senadoras de distintas corrientes políticas.

Por otro lado, el presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo) del Senado: Ricardo Monreal anunció una iniciativa para unificar en todo el país la tipificación del feminicidio y aumentar las sanciones a las que se hagan acreedores quienes cometan este delito. En su propuesta el coordinador de los senadores de Morena, pretende delimitar que se impongan de 40 a 60 años de prisión, así como 750 a 1,500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) como multa.

Parece que la propuesta de Monreal es más interesante, con lo cual se pondría mayor claridad en los términos jurídicos y legales al unificar la tipificación del feminicidio en todo México. Habrá que ver, qué pasa en los siguientes meses, ojalá esto sirva para la mayor impartición de justicia en un país donde hay miles de casos de feminicidios, violaciones y violencia de género sin resolver.

 

 

Fuente: Laura Carreto Tirado para
Diario Digital Femenino

Publicada en e-consulta

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