Qué mensaje les estamos dando a las cientos de mujeres víctimas de violencia de género?”, preguntó Jorge Taddei.
La AAMCJ promueve y defiende los derechos de la mujer desde una perspectiva de género. Ello supone una lectura e interpretación de la ley que deconstruya los postulados patriarcales en que se asienta el actual estado de Derecho. Sin esta acción, entendemos que los sistemas legales y judiciales continúan reproduciendo un modelo de sociedad discriminatorio que atenta contra los logros alcanzados en el derecho humanitario que la Argentina se ha comprometido a observar en favor de las mujeres víctimas de todo tipo de violencia.
La ley 24660 contiene pautas y requisitos específicos que regulan el régimen de salidas transitorias de los condenados. Cuando están reunidos tales requisitos, la ley está bien aplicada técnicamente. Cuando el beneficiado por dichas salidas ha sido condenado por quemar viva a su compañera, el programa de reinserción social debe hacer foco sobre tal conducta de violencia extrema contra una mujer.
Si la ley no se cumple, y los beneficios que obtiene un condenado prescinden del debido encuadre psico-social que requiere dicho caso, el sistema falla, perpetúa la discriminación y revictimiza a quien se le hubo infligido el irreparable daño al causarle la muerte, y también a su familia. Este y no otro es el mensaje que llega a la sociedad.
La AAMCJ promueve y defiende los derechos de la mujer desde una perspectiva de género. Ello supone una lectura e interpretación de la ley que deconstruya los postulados patriarcales en que se asienta el actual estado de Derecho. Sin esta acción, entendemos que los sistemas legales y judiciales continúan reproduciendo un modelo de sociedad discriminatorio que atenta contra los logros alcanzados en el derecho humanitario que la Argentina se ha comprometido a observar en favor de las mujeres víctimas de todo tipo de violencia.
La ley 24660 contiene pautas y requisitos específicos que regulan el régimen de salidas transitorias de los condenados. Cuando están reunidos tales requisitos, la ley está bien aplicada técnicamente. Cuando el beneficiado por dichas salidas ha sido condenado por quemar viva a su compañera, el programa de reinserción social debe hacer foco sobre tal conducta de violencia extrema contra una mujer.
Si la ley no se cumple, y los beneficios que obtiene un condenado prescinden del debido encuadre psico-social que requiere dicho caso, el sistema falla, perpetúa la discriminación y revictimiza a quien se le hubo infligido el irreparable daño al causarle la muerte, y también a su familia. Este y no otro es el mensaje que llega a la sociedad.