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Ricardo Cheli, abogado e integrante del Frente Ciudadano, envió a Plan B una nota de opinión sobre derechos individuales y colectivos y la responsabilidad del Estado y las y  los legisladores, más allá de sus opiniones personales en temas controvertidos como el debate sobre el aborto.

Ricardo Cheli: “Al César lo que es del César y a Dios lo que es de Dios”
Ricardo Cheli: “Al César lo que es del César y a Dios lo que es de Dios”

La nota, completa, consigna lo siguiente

“Hoy en los medios,  en un altísimo porcentaje,  los temas en exposición son los vinculados a la involución de la economía y sus derivados y los procesos judiciales que involucran a la dirigencia política y empresarial, pero cierto es que a la gente, más allá de su preocupación para solventar su subsistencia, en gran medida le interesan menos esos debates y su mira está puesta en la defensa y protección de sus derechos por los que militan en el espacio público y,  entre ellos, los que se vinculan con la libertades individuales. Se trata de una reacción social frente a la inoperancia estatal que avasalla sus derechos personales y a la declinación del poder judicial como garante de su ejercicio.

El citado fenómeno social que también se ha extendido a muchos de los países hermanos de Latinoamérica, en Argentina se potenció con el debate del proyecto de ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo, donde sin banderías políticas de por medio y sólo atraídos por la naturaleza del derecho en juego, millones de personas se movilizaron a lo largo y ancho del país. El eje de dicha controversia tuvo de un lado, a quienes apoyaban la sanción de la ley reclamando por el derecho a decidir en el marco de un tema de salud pública derivado o no de un delito y, por el otro, a quienes se oponían -en franca confusión de moral y derecho- y, cambiando el eje de la discusión dilemática, alegaban en favor del derecho a la vida, respecto del cual nadie está en contra.

Así, lograron que los legisladores olvidando su condición representativa del pueblo todo, se vieran impelidos a rehusar su sanción por virtud de la presión de distintas iglesias (en su mayoría cristianas católicas) que ponían a los mismos en situación de verdaderos homicidas enrostrándoles una hipócrita violación al derecho a la vida, omitiendo deliberadamente considerar que al mismo tiempo permanecían indiferentes frente al sufrimiento inútil de los sectores más vulnerables y el desamparo legal que tal imposición moral provocó, provoca y seguirá provocando a miles de mujeres compelidas a someterse obligatoriamente a la práctica clandestina del aborto, con riesgo de muerte y, ello sin perjuicio, de liberar el oscuro negocio de quienes, médicos o no, atienden tales prácticas. Peor aún, como resultado de esa postura dogmática, pretenden que los comportamientos que la religión considera inmorales o pecaminosos sigan siendo tratados como delitos por parte del Estado.

El fin del Derecho no es ofrecer un brazo armado a la moral, solo los Estados Laicos garantizan el respeto a la igualdad en la diversidad y la convivencia pacífica entre quienes tienen distintos planes de vida y distintas opiniones. Una sociedad democrática supone un ámbito de tolerancia y respeto al disenso y al libre pensamiento, en el cuál los sujetos puedan desarrollar sus vidas como portadores de sus propias y singulares ideas y convicciones. De allí que si nos golpeamos el pecho invocando nuestra calidad de demócratas, las decisiones de los poderes del Estado no deben tener como fuente legitimadora dogmas o elementos sustentados o extraídos de la religión, sino que la fuente de legitimidad última debe ser la voluntad popular.

Esta conducta, francamente interventora de las jerarquías eclesiásticas,  en un tema que se vincula a una política de estado en materia de salud pública y de legislación penal, reinstaló en la opinión pública el tema de la separación entre Iglesia y Estado y, como consecuencia -como verdadero bumerang-, disparó una andanada de apostasía colectiva, haciendo que miles de bautizados hayan renunciado a la creencia religiosa y, en particular, a la Iglesia Católica, que además, al igual que otras iglesias o cultos, hoy en todo el mundo, están atravesadas por una crisis moral derivada de cientos de denuncias de abusos y violaciones de incapaces (menores o adultos) por parte de sus sacerdotes o pastores que, en su mayoría, se ocultan al conocimiento público puesto que tampoco -y a contramano de lo que sucediera con tema del aborto-,  es asumida por quienes sostienen defender la vida, que no está representada por el sólo hecho de nacer, sino de gozarla dignamente en toda su dimensión  social.

En el 2020 los legisladores argentinos tendrán un nuevo desafío frente a la presión de las Iglesias que les permitieron una victoria pírrica a los pañuelos «celestes» en el anterior debate, porque sabido es que la Iglesia católica argentina históricamente ha exigido la imposición de criterios morales en los temas de familia, educación y hasta políticos, oponiéndose en 1884 a la educación laica, al matrimonio civil que se rigió por la ley canónica hasta 1888, a las luchas femeninas contra el patriarcado y al voto femenino hasta 1947, luego a la legislación sobre  divorcio en 1954 y su reedición en 1987, a las leyes de educación sexual integral en 2006 y a la de matrimonio igualitario en 2010.

El sostenimiento del culto católico, tal como lo prevé la Constitución Nacional en el art.2°, vuelve a estar en discusión como ya lo estuvo en ocasión de las distintas reformas constitucionales y en la última de 1994, que si bien eliminó las referencias al Patronato (ya modificadas mediante el Concordato de 1966),  suprimió la evangelización de los aborígenes como un mandato institucional y el requisito de pertenencia al catolicismo para ser presidente o vicepresidente de la nación,  mantuvo ese privilegio que muchos lo receptan y lo entienden, aunque no lo sea, como el establecimiento del Catolicismo como religión oficial del Estado Argentino.

La función del Estado es garantizar derechos y libertades, entre ellas la libertad religiosa, pero no es función del Estado dar catecismos religiosos. Un Estado no es neutral en asuntos éticos, tiene su propia ética, la ética pública. Y cuando un Estado asume una ética religiosa no respeta a la pluralidad de sus ciudadanos en relación a la libertad de cultos y de conciencia. Estado e Iglesia tienen ámbitos diferentes, misiones diferentes, tal como lo sostiene el propio texto bíblico “Al César lo que es del César y a Dios lo que es de Dios”

Esta reflexión atribuida a Jesús por (Mateo 22, 15:21) señala claramente la imprescindible separación del Estado de la religión. Lo que pertenece al César, en el contexto del debate, son los símbolos del poder político y económico y que se expresan en las ideologías y esto nunca puede ser absoluto ni sacramental. El hombre podrá participar de estas realidades, pero no como individuo portante de una creencia religiosa, sino con espíritu crítico del ser político-social que es, como lo sostiene la filosofía Aristotélica. Por eso, no cabe seguir aceptándose en estados democráticos y republicanos, religiones que intervengan en asuntos públicos que justifiquen o rechacen proyectos políticos, pues las esferas de influencias son –como dice la sentencia bíblica- absolutamente diferentes.

De allí que el Estado por esencia debe ser laico secular o aconfesional o religiosamente neutral en cualquiera de sus versiones, o sea admitiendo todas las religiones, con amplia libertad de cultos como todo derecho humano y tal como está regulado por la Constitución Nacional, pero sin apoyar ni financiar a ninguna en especial. Así está plasmado en más de 140 constituciones de los distintos Estados del mundo, entre las que se pueden citar por proximidad territorial, idiomática o histórico afectiva, la de Chile, Uruguay, México, Perú, Paraguay, Cuba, Brasil España, Italia, donde las tres primeras tienen más de un siglo, desde que lo dispusieran en sus textos.

El marco de tolerancia y respeto, de no discriminación, de igualdad y de autonomía personal que nos brinda la Constitución debe ser efectivizado; garantizando que aquellos debates que exige la sociedad y la realidad sean dados en un ámbito democrático, plural e igualitario sin presiones confesionales para que el Estado y sus Gobiernos, legitimados por la soberanía popular, puedan aplicar las políticas públicas correspondientes decididas en este contexto (relativas a la salud sexual y reproductiva, a la prevención de la mortalidad materna, al aborto o muerte digna, por citar algunas como ejemplo) sin bloqueo por parte de actores que se amparen en razones religiosas.

Esa, es la condición fundamental para asegurar una verdadera Libertad de Conciencia, que tiene jerarquía constitucional como valor superior encarnado en el conjunto de los derechos humanos.

 

Diario Digital Femenino

 

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