FMI Mujeres

Del dicho al hecho: la narrativa de género del FMI y los derechos humanos de las mujeres

El abordaje de la temática es desde una mirada crítica e interdisciplinaria, y comprometida con la efectivización de los derechos humanos de todas las poblaciones de nuestros pueblos tercermundistas, en el contexto especial de una pandemia y recesión sin precedentes.

Por Diane Elson[1]
Universidad de Essex, Reino Unido
Corina Rodríguez Enríquez[2]
UBA/CIEPP CONICET, Argentina

Resumen
(Descargar artículo completo en portada)

Del dicho al hecho: la narrativa de género del FMI y los derechos humanos de las mujeres
Del dicho al hecho: la narrativa de género del FMI y los derechos humanos de las mujeres

Este artículo analiza la narrativa de género del FMI y su coherencia con el tipo de políticas públicas y las acciones que el FMI recomienda a los países en sus acuerdos de préstamos. Analizando diversas dimensiones vinculadas con las brechas de desigualdad de género (la participación laboral, los derechos laborales, el trabajo doméstico y de cuidados no remunerados, la asignación de presupuesto a políticas que favorecen la igualdad, las metodologías para realizar análisis de impacto de género), se concluye que el FMI ha ido construyendo una narrativa de género que resulta estrecha e instrumental, y no contribuye en la práctica a promover los derechos humanos de las mujeres. Asimismo se advierte la contradicción persistente en las acciones que serían necesarias para reducir la desigualdad y los estrechos márgenes de política pública que imponen  los  acuerdos  con  el  FMI,  así  como  las  nocivas  implicancias  de las políticas que siguen exigiendo. El análisis se realiza con un foco específico en el caso de Argentina.

Introducción

El Fondo Monetario Internacional (FMI) es miembro de las Naciones Unidas y se ha comprometido a apoyar los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), entre ellos, la lucha contra la desigualdad de género para alcanzar el ODS 5.
Así, el organismo ha comenzado a incursionar en la desigualdad de género y de ingresos como “cuestiones emergentes”, y a desarrollar un asesoramiento explícito en políticas públicas de género.

Sin embargo, el FMI se resiste a aceptar la idea de que tiene obligaciones en materia de derechos humanos, a pesar de que sus políticas tienen un impacto amplio y profundo en ellos. A pesar de ello, en 2017,  en una carta dirigida al entonces Experto Independiente en derechos humanos de la ONU, Juan Pablo Bohoslavsky, el FMI afirmaba “promover indirectamente los derechos humanos” a través de su trabajo en pos de la igualdad de género.
El presente artículo evalúa dicha afirmación con un foco especial en Argentina.

Para ello, en la sección 2 evaluamos la manera en que el FMI entiende a la igualdad de género.  En la sección 3 revisamos cómo el FMI promueve la participación laboral de las mujeres pero sin considerar simultáneamente la dimensión de los derechos laborales. En la sección 4, revisamos la postura que el FMI asume respecto al trabajo doméstico y de cuidados no remunerado. En la sección 5, analizamos cómo operan las condicionalidades que el FMI impone a los países en relación con las brechas de desigualdad de género. En la sección 6, repasamos la concepción del FMI respecto de los presupuestos con perspectiva de género.

En  la  sección  7,  analizamos  la  concepción  de  los  modelos  con  los  que  el  FMI  evalúa  el  impacto de sus políticas. En la sección 8 realizamos una serie de  sugerencias  respecto  de  otras  formas  posibles  de  realizar  estas  evaluaciones.  En  la  sección  9  analizamos  para  el  caso  específico de Argentina qué tipo de políticas debería promover el  FMI  para  lograr  efectivamente  avances  hacia  la  igualdad  de género, y cómo el activismo feminista podría contribuir a este proceso. El artículo cierra con una sección de síntesis y conclusión… Seguir leyendo Aquí.

 

[1] Profesora emérita de Sociología de la Universidad de Essex, Reino Unido, y expresidenta del Women’s Budget Group, Reino Unido. La traducción de este artículo al español fue realizada por Victoria Sfriso y Natalia Barry.

[2] Investigadora  del  Conicet  en  el  Centro  Interdisciplinario  para  el  Estudio  de  Políticas Públicas  (CIEPP).  Miembro del Comité Ejecutivo de Mujeres por un Desarrollo Alternativo para una Nueva Era (DAWN).

Fuente: Revista Derechos en Acción ISSN 2525-1678/ e-ISSN 2525-1686Año 6/Nº 18 Verano 2020-2021 (21 diciembre a 20 marzo), 275-310 DOI: https://doi.org/10.24215/25251678e483

 

Dejar un Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *