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Lovera propone reparación laboral

El senador nacional por La Pampa, Daniel Lovera (Frente de Todos), presentó un proyecto para que las víctimas de violencia de género accedan a los puestos de trabajo de los agresores condenados. El proyecto está basado en una ordenanza municipal que se aprobó en la ciudad de Santa Rosa, provincia de La Pampa.

Lovera propone reparación laboral para víctimas de violencia de género
Lovera propone reparación laboral para víctimas de violencia de género

En los fundamentos, según el proyecto al que accedió Diario Digital Femenino, Lovera explicó que el objetivo es “proteger y garantizar la sostenibilidad económica y la continuidad en el entramado social de las mujeres que hayan sido víctimas de violencia de género”.

Con respecto a la propuesta, en el articulado establece que las beneficiarias serán aquellas personas que acrediten “dependencia económica del trabajador cesanteado o cuya relación laboral se hubiera extinguido con motivo de una condena por delitos de violencia de género establecidos en el Código Penal” y garantiza que la mujer tendrá “derecho al acceso a la vacante generada”.

Además, dispone que “la ocupación del puesto de trabajo será acorde a las capacidades de la postulante beneficiaria, a la que se le deberá dar trato igualitario y garantizar el acceso a la capacitación laboral necesaria, como así también su inserción en las mismas condiciones que los demás trabajadoras y trabajadores del establecimiento, empresa o dependencia de la administración pública”.

“El derecho deberá ser ejercido dentro de los  90 días corridos desde la fecha de la resolución que disponga la extinción de la relación laboral o la baja del trabajador por causa de la condena, la que deberá ser notificada en forma fehaciente por la parte empleadora a la beneficiaria que conste en el legajo laboral ya sea como cónyuge o conviviente”, agrega.

¿Qué sucede en caso de un femicidio?

El proyecto establece en su artículo 5 que “cuando el agente o trabajador haya sido condenado como autor, coautor, instigador o cómplice del delito de femicidio cometido contra su pareja, cónyuge o conviviente, incluso en caso de femicidio seguido de suicidio del agresor, existiendo  niñas, niños y adolescentes que hayan estado a cargo de la víctima, la beneficiaria será la persona que se encuentre legalmente a su cuidado. Los requisitos y formalidades para acreditar el vínculo requerido serán establecidos por la Autoridad de Aplicación”.

“En caso de las vacantes en el sector privado, si la parte empleadora se negare a permitir el ingreso a trabajar bajo sus órdenes a la beneficiaria,  deberá proceder a indemnizar en los términos del Art. 245 de la ley de Contrato de Trabajo (despido sin causa)”, aclara.

“Las normas previstas en la presente ley se aplicarán  respecto de las vacantes que se susciten en los  poderes del Estado. Tanto el Poder Judicial como el Poder Legislativo dictarán las normas necesarias para su implementación de acuerdo a sus regímenes estatutarios”, añade.

Santa Rosa, ejemplo nacional.

En sus fundamentos, Lovera destacó que el proyecto tiene como base “la ordenanza Nº 6305/2020 de la Municipalidad de Santa Rosa”. A su vez, señaló que la iniciativa “apunta a que tanto el Estado como los privados sean garantes de la protección de los derechos humanos de las mujeres, asumiendo la  responsabilidad y la obligación de responder a las personas que atravesaron situaciones de violencia, haciendo efectiva la reparación integral del daño y la garantía de la continuidad en el entramado social de las mujeres que hayan sido víctimas de violencia de género”.

“De acuerdo con los estándares internacionales, tienen derecho a recibir una reparación del daño adecuada, integral y proporcional a la naturaleza del acto violatorio y del derecho conculcado en la que se contemple, mediante una resolución judicial, una justa indemnización, rehabilitación, restitución, satisfacción y medidas de no repetición”, afirmó.

En ese sentido, sostuvo que “la reparación del daño en las leyes y en la práctica se ha burocratizado, limitándose a un trámite administrativo posterior a un fallo judicial para otorgar una mera indemnización económica en caso de daños materiales e inmateriales”. Para el senador, esto evidencia “un desdén hacia las personas en situación de violencia y las violaciones a derechos humanos” y “una violación sistemática al derecho a la justicia, lo que incrementa gravemente la impunidad”.

 

Diario Digital Femenino

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