Tantos noviembres, tantos, que no recuerdo desde cuando enlazamos sororidad y construimos amorosa resistencia, siempre.
Por Mónica Vaccaro*
para Diario Digital Femenino
Tantos noviembres, tantos marzos, tantos junios, tantos días, semanas y meses que nos encuentran abrazando, conteniendo, acompañando, escribiendo, construyendo y deconstruyendo colectivamente en defensa de nuestros derechos.
También esperando, por visibilización, mayor reconocimiento y sentencias justas para que algo de justicia alivie, aunque sea un poquito, tantas desigualdades y tantos dolores compartidos que vivimos mujeres y diversidades.
Después de tantos noviembres llega este, con doloroso impacto subjetivo que atraviesa, que nos atraviesa, corre el eje y nos mantiene en estado de perplejidad.
No es lo mismo decíamos en la columna de la semana pasada, un #25N Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres, Niñas y Diversidades, en democracia, que en desamparo, a las sombras del patriarcado que de nuevo intenta, siempre intenta, «pisar» más fuerte, disciplinar, censurar y amedrentar.
Cabe recordar, porque las cosas deben ser dichas suficientes veces, como también es indispensable historizar para construir memoria colectiva, cuál fue el hecho que determinó la conmemoración de la fecha.
En el año 1981 se realizó el primer encuentro Encuentro Feminista Latinoamericano y del Caribe, celebrado en Bogotá. Allí se propuso establecer el 25 de noviembre como el Día de Lucha Contra la Violencia Hacia las Mujeres, rindiendo así un homenaje a las hermanas dominicanas Patria, Minerva y María Teresa Mirabal, Mujeres que fueron ejemplo de organización y lucha
El 16 de agosto de 1930 Rafael Leónidas Trujillo inició en República Dominicana la dictadura que se extendería por 31 años, hasta el 30 de mayo de 1961. En este movimiento participaban las hermanas Patria, Minerva y María Teresa Mirabal, junto a sus esposos y a un centenar de luchadores antidictatoriales. Dentro de este grupo eran conocidas como las mariposas porque ese era el nombre con que Minerva se identificaba en las relaciones políticas.
A poco tiempo de iniciar la resistencia, Minerva y María Teresa fueron encarceladas y torturadas, como también sus maridos y el hijo mayor de Patria. Sin embargo, el 9 de agosto de 1960, en un gesto que resultó extraño, el dictador Trujillo les concedió el arresto domiciliario, permitiéndoles salir para visitar a sus esposos y para ir a misa. Tras un par de semanas en libertad, ya existían informes sobre reuniones secretas contra el régimen encabezadas por las hermanas Mirabal. Fue entonces que el dictador ordenó eliminar a Las Mariposas.
El 25 de noviembre cuando volvían de la cárcel de visitar a sus esposos fueron brutalmente asesinadas y el vehículo en que se desplazaban tirado a un barranco simulando un accidente. Tras este hecho y el repudio popular, se empezó a gestar el fin de la dictadura de Trujillo, el cual ocurrió el 30 de mayo de 1961. .
Volviendo al actual contexto que nos ocupa , amerita reflexionar que a pesar de tantas luchas por ampliación de derechos, de tantas leyes vigentes en nuestro país y que, a pesar de las dificultades en su implementación, dan marco legal y respuestas, a situaciones de vulneración de derechos, donde las personas (en particular mujeres y diversidades) antes de su promulgación, quedaban, quedábamos, aún más a la intemperie, HOY volvemos a encender las alarmas por la preocupación ante la escalada de violencia que aparece intimidando, nos llamamos a entramar nueva resistencia amorosa y colectiva que sea sostén y cobijo.
Hasta hace pocos días, nos alojaban acalorados debates por ampliación de derechos, siempre más derechos, por justicia social, enlazando sororidad y respeto por las que . nos faltan, las que ya no tienen voz, alentando el encuentro en su homenaje, en las plazas y en las calles del AMOR. HOY, ese contexto no es el mismo, no es lo mismo.
Nos invito a recorrer el texto completo de la Ley Nacional 26.485, de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales [1], haciendo particular lectura del ARTICULO 6º — Modalidades. A los efectos de esta ley se entiende por modalidades las formas en que se manifiestan los distintos tipos de violencia contra las mujeres en los diferentes ámbitos, quedando especialmente comprendidas las siguientes:
- a) Violencia doméstica contra las mujeres: aquella ejercida contra las mujeres por un integrante del grupo familiar, independientemente del espacio físico donde ésta ocurra, que dañe la dignidad, el bienestar, la integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, la libertad, comprendiendo la libertad reproductiva y el derecho al pleno desarrollo de las mujeres. Se entiende por grupo familiar el originado en el parentesco sea por consanguinidad o por afinidad, el matrimonio, las uniones de hecho y las parejas o noviazgos. Incluye las relaciones vigentes o finalizadas, no siendo requisito la convivencia;
- b) Violencia institucional contra las mujeres: aquella realizada por las/los funcionarias/os, profesionales, personal y agentes pertenecientes a cualquier órgano, ente o institución pública, que tenga como fin retardar, obstaculizar o impedir que las mujeres tengan acceso a las políticas públicas y ejerzan los derechos previstos en esta ley. Quedan comprendidas, además, las que se ejercen en los partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales, deportivas y de la sociedad civil;
- c) Violencia laboral contra las mujeres: aquella que discrimina a las mujeres en los ámbitos de trabajo públicos o privados y que obstaculiza su acceso al empleo, contratación, ascenso, estabilidad o permanencia en el mismo, exigiendo requisitos sobre estado civil, maternidad, edad, apariencia física o la realización de test de embarazo. Constituye también violencia contra las mujeres en el ámbito laboral quebrantar el derecho de igual remuneración por igual tarea o función. Asimismo, incluye el hostigamiento psicológico en forma sistemática sobre una determinada trabajadora con el fin de lograr su exclusión laboral;
- d) Violencia contra la libertad reproductiva: aquella que vulnere el derecho de las mujeres a decidir libre y responsablemente el número de embarazos o el intervalo entre los nacimientos, de conformidad con la Ley 25.673 de Creación del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable;
- e) Violencia obstétrica: aquella que ejerce el personal de salud sobre el cuerpo y los procesos reproductivos de las mujeres, expresada en un trato deshumanizado, un abuso de medicalización y patologización de los procesos naturales, de conformidad con la Ley 25.929.
- f) Violencia mediática contra las mujeres: aquella publicación o difusión de mensajes e imágenes estereotipados a través de cualquier medio masivo de comunicación, que de manera directa o indirecta promueva la explotación de mujeres o sus imágenes, injurie, difame, discrimine, deshonre, humille o atente contra la dignidad de las mujeres, como así también la utilización de mujeres, adolescentes y niñas en mensajes e imágenes pornográficas, legitimando la desigualdad de trato o construya patrones socioculturales reproductores de la desigualdad o generadores de violencia contra las mujeres.
- g) Violencia contra las mujeres en el espacio público: aquella ejercida contra las mujeres por una o más personas, en lugares públicos o de acceso público, como medios de transporte o centros comerciales, a través de conductas o expresiones verbales o no verbales, con connotación sexual, que afecten o dañen su dignidad, integridad, libertad, libre circulación o permanencia y/o generen un ambiente hostil u ofensivo. (Inciso incorporado por art. 1° de la Ley N° 27.501O. 8/5/2019)
- h) Violencia pública-política contra las mujeres: aquella que, fundada en razones de género, mediando intimidación, hostigamiento, deshonra, descrédito, persecución, acoso y/o amenazas, impida o limite el desarrollo propio de la vida política o el acceso a derechos y deberes políticos, atentando contra la normativa vigente en materia de representación política de las mujeres, y/o desalentando o menoscabando el ejercicio político o la actividad política de las mujeres, pudiendo ocurrir en cualquier espacio de la vida pública y política, tales como instituciones estatales, recintos de votación, partidos políticos, organizaciones sociales, asociaciones sindicales, medios de comunicación, entre otros. (Inciso incorporadopor art. 4° de la Ley N° 27.533O. 20/12/2019)
- i) Violencia digital o telemática: toda conducta, acción u omisión en contra de las mujeres basada en su género que sea cometida, instigada o agravada, en parte o en su totalidad, con la asistencia, utilización y/o apropiación de las tecnologías de la información y la comunicación, con el objeto de causar daños físicos, psicológicos, económicos, sexuales o morales tanto en el ámbito privado como en el público a ellas o su grupo familiar.
En especial conductas que atenten contra su integridad, dignidad, identidad, reputación, libertad, y contra el acceso, permanencia y desenvolvimiento en el espacio digital o que impliquen la obtención, reproducción y difusión, sin consentimiento de material digital real o editado, íntimo o de desnudez, que se le atribuya a las mujeres, o la reproducción en el espacio digital de discursos de odio misóginos y patrones estereotipados sexistas o situaciones de acoso, amenaza, extorsión, control o espionaje de la actividad virtual, accesos no autorizados a dispositivos electrónicos o cuentas en línea, robo y difusión no consentida de datos personales en la medida en que no sean conductas permitidas por la ley 25.326 y/o la que en el futuro la reemplace, o acciones que atenten contra la integridad sexual de las mujeres a través de las tecnologías de la información y la comunicación, o cualquier ciberataque que pueda surgir a futuro y que afecte los derechos protegidos en la presente ley.
Sugiero detenernos en la legislación vigente, historizando para comprender la dimensión de la trama social y colectiva que llevó a su promulgación y luego a su permanente ampliación de modalidades, es decir las formas en que se manifiestan las violencias.
Es muy preocupante que estas violencias se reiteren, que sean una provocación serial y constante desde el espacio político que en pocos días asumirá el gobierno del país. Negar la existencia de la brecha de género, aseverar que las mujeres tienen privilegios, propiciar que los varones puedan renunciar a la paternidad, desacreditar el matrimonio igualitario, violentar despiadada e impunemente a las familias que abrazan y acompañan a sus hijes trans-travestis, amenazar con la eliminación del Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidad y la Ley de IVE, la degradación de los Ministerios de Salud, Trabajo y Educación, descalificar el Programa Nacional de Educación Sexual Integral, sumado al negacionismo de los 30400 que nos faltan, el desprecio de la otredad y la condición de cada persona como sujeto de derecho.
Entonces, una de las preguntas es ¿qué es y dónde está la supuesta libertad que avanza?
Las propuestas de cancelar la posibilidad de habilitar las voces, los reclamos y alojar el sufrimiento subjetivo reemplazándolo por el capital, nos interpela a la URGENTE construcción y organización de amorosa resistencia, enlazando experiencias personales y profesionales, continuando las formaciones con perspectiva de género, trabajo en territorio, poniendo palabra a la desazón e incerteza ,abrazando a la compañeras, acompañando su tiempo de recupero con rondas de mucho amor, enlazadas con los feminismos que salvan vidas.
El grito es URGENTE y su eco se escucha en las calles, ahora que sí nos ven en el abrazo de banderas multicolores, y nos leen a través de las gafas violetas en clave de derechos humanos.
Es URGENTE porque nos siguen matando.
Es URGENTE porque las infancias trans-travestis sufren ahora.
Es URGENTE porque no queremos más violencias, necesitamos de un Estado que garantice derechos y aplique las leyes vigentes.
Es URGENTE porque nuestras cuerpas no son territorio de conquista.
Es URGENTE porque la justicia sigue siendo patriarcal.
Es URGENTE porque nos queremos vivas, libres y sin miedo.
Invito a leer el artículo #3J implicancias subjetivantes en el camino a la deconstruccióny comparto esta reflexión. Generar pensamiento crítico, interpelar e incomodar viniendo de mujeres no fue bien recibido en ningún capítulo de la historia. Lo personal es político. Reproducir y sostener las distintas formas de violencias machistas es parte del armado de un andamiaje siniestro que llega a su máxima expresión cuando ocurre un femicidio o transfemicidio.
El llamado es URGENTE, el compromiso colectivo!!!
(*) Trabajadora de la Salud Mental y activista de Derechos Humanos.
[1] https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/ley-26485-152155/actualizacion
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