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Los jueces Mauricio Piombi y Fernando Rivarola, confirmaron la sentencia condenatoria del Tribunal de Audiencia contra los cuatro docentes por los abusos sexuales contra alumnos del JIN N° 12 de 25 de Mayo, La Pampa. Marcelo Tatavitto fue condenado a 18 años de prisión, Oscar Aníbal López y María Angélica Bastías a 7 años y María José Tello a 3 años y 6 meses.
La Sala B del Tribunal de Impugnación Penal, conformada por los jueces Mauricio Piombi y Fernando Rivarola, confirmó en un todo la sentencia condenatoria del Tribunal de Audiencia contra los cuatro docentes por los abusos sexuales contra alumnos del JIN N° 12 de 25 de Mayo.
Los recursos de impugnación habían sido presentados por el fiscal general de la III Circunscripción Judicial, Jorge Marcelo Amado, y el fiscal de General Acha, Juan Bautista Méndez, en representación del Ministerio Público Fiscal; el querellante particular Armando Agüero en nombre de padres de cinco víctimas, en su condición de querellante particular –al asumir como fiscal general de la II Circunscripción fue reemplazado en por José Mario Aguerrido–; César Augusto Rodríguez , en su condición de defensor particular del imputado Oscar Aníbal López; y Omar Eduardo Gebruers y Alejandra Lezcano López, como defensores particulares de los otros acusados, Marcelo Tatavitto Roade, María José Tello y Gabriela Angélica Bastías. El TIP no hizo lugar a ninguno de los cuatro.
El 1 de febrero pasado, el Tribunal de Audiencia de la Primera Circunscripción Judicial, conformado por los jueces Gastón Boulenaz, Andrés Olié y Gabriel Tedín, había condenado a Marcelo Tatavitto Roade a 18 años de prisión por la autoría de los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante, agravado por haber provocado un grave daño en la salud mental de un menor (artículos 45 y 119, segundo párrafo y cuarto párrafo inciso a) del Código Penal), abuso sexual gravemente ultrajante en perjuicio de otro niño (45 y 119, segundo párrafo) y por su participación en el abuso sexual gravemente ultrajante de un tercer menor (45 y 119, segundo párrafo). Las víctimas fueron tres alumnos de cuatro años del Jardín de Infantes de Infantes N° 12.
También había condenado a María José Tello a tres años y seis meses de prisión y siete años de inhabilitación especial para desempeñar cualquier cargo público, por el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público (45 y 248), en relación con los hechos que tuvieron como víctimas a esos alumnos.
Además el tribunal le había impuesto a Oscar Aníbal López, por la autoría del delito de abuso sexual gravemente ultrajante en perjuicio de uno de esos tres alumnos (artículos 45 y 119, segundo párrafo) la pena de siete años de prisión; y a Gabriela Angélica Bastías también siete años por abuso sexual gravemente ultrajante en perjuicio de ese mismo niño.