Código Penal Una vez cumplida la condena se le realizará un seguimiento “socio judicial” y deberá: estar siempre localizable mediante dispositivos electrónicos, presentarse periódicamente en el lugar que el órgano competente establezca y comunicar inmediatamente cada cambio del lugar de residencia o del lugar o puesto de trabajo, entre otras obligaciones. Por Mariano Borinsky* y Juan Pascual* El … Sigue leyendo «Con el nuevo Código Penal los condenados de abuso sexual no quedarán libres hasta cumplir la totalidad de la pena»
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